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Domicilio Fiscal
- jjmb79
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
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En dias pasados recibi la amable visita de las autoridades fiscales con el objeto de llevar a cabo una revision por la expedicion de comprobantes fiscales, como debia pasar me llego una multa por $11,000.00 porque al momento de verificar se encontro con que las notas de venta no contenian en el domicilio fiscal la colonia, por las facturas no hubo ninguna observacion. he leido la multa y sin ser abogado, dicha multa la sustentan en el art. 29-A F-1 (contener impreso el domicilo fiscal) despues de su fundamentacion hacen un analisis de dicho articulo que dice" que los contribuyentes que expidan comprobantes tiene la obligacion de señalar su domicilio fiscal correctamente, tales requisitos obedece a la razon de que se conozca el lugar donde se cumplen con las obligaciones del contribuyente, siendo importante para esta identificacion, señalar cada uno de los elementos que permitan identificar exactamente la ubicacion de este, por lo tanto para efectos de identificacion, es necesario contar con una identificacion precisa del domicilio, incluida la colonia"
sin embargo, en ninguna ley hace mencion que integra el domicilio fiscal, la pregunta es ¿con esos argumentos, estan ello fundamentando correctamente su multa? a mi parecer no, puesto que ellos no pueden interpretar de manera arbitratia los elementos que debe conter el domicilio fiscal, ojala alguien pueda opinar al respecto
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- vank
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- Gold Boarder
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Buen dia a todos:
En dias pasados recibi la amable visita de las autoridades fiscales con el objeto de llevar a cabo una revision por la expedicion de comprobantes fiscales, como debia pasar me llego una multa por $11,000.00 porque al momento de verificar se encontro con que las notas de venta no contenian en el domicilio fiscal la colonia, por las facturas no hubo ninguna observacion. he leido la multa y sin ser abogado, dicha multa la sustentan en el art. 29-A F-1 (contener impreso el domicilo fiscal) despues de su fundamentacion hacen un analisis de dicho articulo que dice" que los contribuyentes que expidan comprobantes tiene la obligacion de señalar su domicilio fiscal correctamente, tales requisitos obedece a la razon de que se conozca el lugar donde se cumplen con las obligaciones del contribuyente, siendo importante para esta identificacion, señalar cada uno de los elementos que permitan identificar exactamente la ubicacion de este, por lo tanto para efectos de identificacion, es necesario contar con una identificacion precisa del domicilio, incluida la colonia"
sin embargo, en ninguna ley hace mencion que integra el domicilio fiscal, la pregunta es ¿con esos argumentos, estan ello fundamentando correctamente su multa? a mi parecer no, puesto que ellos no pueden interpretar de manera arbitratia los elementos que debe conter el domicilio fiscal, ojala alguien pueda opinar al respecto
CPC. Mike Morales
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- CPVICENTEM
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En este tipo de visitas por lo general estan mal circunstanciadas, normalmente se "caen" por ese lado, podrias anotar lo que pusieron los visitadores en el acta?
Saludos
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- jjfarias
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La primera fracción a que hace referencia el Art. 29-A citado es referente a que deben contener entre otros el domicilio fiscal del contribuyente, siendo conceptuado aquel conforme a los establecido por el Art. 10 del CFF.
Te recomiendo que te asesores con un Abogado especialista en la materia, tal vez puedas ejercer acción en contra del acta circunstanciada, o si te vas mas alla, la Autoridad se encuentra facultada para verificar el cumplimiento en cuanto a la obligación de expedir comprobantes fiscales, no asi de comprobantes simplificados, situaciones diferentes en cuanto a sus actos.
SALUDOS
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- CPVICENTEM
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El art. 42-V del CFF, establece:
Artículo 42.- Las autoridades fiscales a fin de comprobar que los contribuyentes, los responsables solidarios o los terceros con ellos relacionados han cumplido con las disposiciones fiscales y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, así como para comprobar la comisión de delitos fiscales y para proporcionar información a otras autoridades fiscales, estarán facultadas para:
V.- Practicar visitas domiciliarias a los contribuyentes, a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de la expedición de comprobantes fiscales y de la presentación de solicitudes o avisos en materia del registro federal de contribuyentes, así como para solicitar la exhibición de los comprobantes que amparen la legal propiedad o posesión de las mercancías, y verificar que los envases o recipientes que contengan bebidas alcohólicas cuenten con el marbete o precinto correspondiente o, en su caso, que los envases que contenían dichas bebidas hayan sido destruidos, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 49 de este Código.
Luego entonces... porque te multan porque el comprobante no llevaba dicha leyenda, lo que he visto en este tipo de visitas es que en la misma orden dice " asi como para verificar que los mismos (los comprobantes fiscales) reunan requisitos fiscales"
Saludos
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