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COMPENSACION....

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15 años 4 meses antes #71208 por CPMARTIN
Respuesta de CPMARTIN sobre el tema Re: COMPENSACION....
HOLA ELSY. buenas noches, respecto al saldo a cargo que tienes de IETU, procura pagarlo a traves del portal bancario y en donde dice aplicaciones le anotas "compensar" la misma cantidad del ietu, para que te de impuesto a pagar "cero".
posteriomente, debes presentar por internet o directamente en el SAT, el formato F3241 (aviso de compensacion)
y el formato 41 junto con los docuemtos que el mismo te indica.
respecto al renglon del declarasat si anotas compensacion o devolucion, debes anotar compensacion.
ya que presentaste el aviso de compensacion, te va a resultar un remantente de isr a favor, el cual puedes solicitar la devolucion. (mediante otro aviso de solicitud de devolucion)

la regla I.4.3.1 indica el procedimiento para el ejercicio de 2009. pero al parecer no ha salido nada para este ejercicio de 2010, sin embargo no existe la aplicacion directa en el declarasat, de acreditar el ISR a favor del ejercicio contra le IETU a cargo, solo mediante la compensacion mencionada,
saludos

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15 años 4 meses antes #71271 por CP_ABB
Respuesta de CP_ABB sobre el tema Re: COMPENSACION....
COMPENSAR saldo a favor de ISR del ejercicio vs IETU del mismo ejercicio????,, ah caray,,, que no se acreditaba???

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15 años 4 meses antes #71272 por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: COMPENSACION....
COMPENSAR saldo a favor de ISR del ejercicio vs IETU del mismo ejercicio????,, ah caray,,, que no se acreditaba???.

Solo se acredita el ISR propio, por lo cual, si no es sufuciente el ISR propio para aplicar al IETU da como consecuencia la compensación

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15 años 4 meses antes #71278 por grdz67
Respuesta de grdz67 sobre el tema Re: COMPENSACION....
Trámite de compesación lo puedes realizar en formato tradicional más el anexo A , agregar el anexo 8 del formato F32 41 electónico en UDB es la nueva modalidad del SAT

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15 años 4 meses antes - 15 años 4 meses antes #71304 por mozart
Respuesta de mozart sobre el tema Re: COMPENSACION....
bandido escribió:

COMPENSAR saldo a favor de ISR del ejercicio vs IETU del mismo ejercicio????,, ah caray,,, que no se acreditaba???.

Solo se acredita el ISR propio, por lo cual, si no es sufuciente el ISR propio para aplicar al IETU da como consecuencia la compensación



Buenos dias.. Sr bandido


Tu definicion del ISR propio,,cual es ????..

en lo particular. SE PODRA REALIZAR ACREDITAMIENTOS.. la compensacion ???... mmmm lo dudo... posible es cuestion de interpretacion,.. de ahi tu definicion para llegar a conclusiones satisfactorias..

saludos :laugh:
Última Edición: 15 años 4 meses antes por mozart.

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