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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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COMPENSACION....
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posteriomente, debes presentar por internet o directamente en el SAT, el formato F3241 (aviso de compensacion)
y el formato 41 junto con los docuemtos que el mismo te indica.
respecto al renglon del declarasat si anotas compensacion o devolucion, debes anotar compensacion.
ya que presentaste el aviso de compensacion, te va a resultar un remantente de isr a favor, el cual puedes solicitar la devolucion. (mediante otro aviso de solicitud de devolucion)
la regla I.4.3.1 indica el procedimiento para el ejercicio de 2009. pero al parecer no ha salido nada para este ejercicio de 2010, sin embargo no existe la aplicacion directa en el declarasat, de acreditar el ISR a favor del ejercicio contra le IETU a cargo, solo mediante la compensacion mencionada,
saludos
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Solo se acredita el ISR propio, por lo cual, si no es sufuciente el ISR propio para aplicar al IETU da como consecuencia la compensación
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COMPENSAR saldo a favor de ISR del ejercicio vs IETU del mismo ejercicio????,, ah caray,,, que no se acreditaba???.
Solo se acredita el ISR propio, por lo cual, si no es sufuciente el ISR propio para aplicar al IETU da como consecuencia la compensación
Buenos dias.. Sr bandido
Tu definicion del ISR propio,,cual es ????..
en lo particular. SE PODRA REALIZAR ACREDITAMIENTOS.. la compensacion ???... mmmm lo dudo... posible es cuestion de interpretacion,.. de ahi tu definicion para llegar a conclusiones satisfactorias..
saludos
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