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Dec, Anual Asalariado y Honorarios (comisionista)
- minzunza
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15 años 4 meses antes #71084
por minzunza
Dec, Anual Asalariado y Honorarios (comisionista) Publicado por minzunza
Buenas Tardes
Espero me puedan ayudar,tengo dudas respecto a como presentar la declaracion anual de una persona fisica que presentan ingresos por salarios y servicio personal (comisionista), esto en relación al DeclaraSAT, ya que no se si debo presentara como Servicios Prof. Contabilida simplificada en la que solo llevando libro de ingresos,egresos y libro de inversiones (opcion Art 133 Fracc II Lisr) o como Activ. Empresarial Prof. donde tendria que llevar una contabilidad completa polizas y libro mayor.
Alguien tendra o sabra de algun sofware bueno bonito y barato para llevar estas contabilidades.
muchas gracias.
saludos..
Espero me puedan ayudar,tengo dudas respecto a como presentar la declaracion anual de una persona fisica que presentan ingresos por salarios y servicio personal (comisionista), esto en relación al DeclaraSAT, ya que no se si debo presentara como Servicios Prof. Contabilida simplificada en la que solo llevando libro de ingresos,egresos y libro de inversiones (opcion Art 133 Fracc II Lisr) o como Activ. Empresarial Prof. donde tendria que llevar una contabilidad completa polizas y libro mayor.
Alguien tendra o sabra de algun sofware bueno bonito y barato para llevar estas contabilidades.
muchas gracias.
saludos..
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- bandido
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15 años 4 meses antes #71085
por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: Dec, Anual Asalariado y Honorarios (comisionista)
imprimi tu guía de obligaciones... ahí verás como debe de ser tu contabilidad
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- CP_ABB
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15 años 4 meses antes #71104
por CP_ABB
Respuesta de CP_ABB sobre el tema Re: Dec, Anual Asalariado y Honorarios (comisionista)
Mencionas que es asalariado y lo quieres inscribir como actv. empresarial??? no entendi, podrias explicarlo mejor
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- minzunza
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15 años 3 meses antes #71469
por minzunza
Respuesta de minzunza sobre el tema Re: Dec, Anual Asalariado y Honorarios (comisionista)
hola muchas gracias por su atencion, es asalariado y esta ya dado de alta como honoraris (comisionista), pero mi duda es si lo tengo que incluir como Servicios Prof. Contabilida simplificada en el DECLARASAT o como como Activ. Empresarial Prof.
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- editor20
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15 años 3 meses antes #71488
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Dec, Anual Asalariado y Honorarios (comisionista)
minzunza, te olvidaste del foro desde que enviaste tu pregunta. Hoy, vencido ya el plazo para la declaración de PF, das a entender que no la has presentado aún. Tienes que bajar nuevamente el DECLARASAT, ya que se liberó ayer una nueva versión que deja inutilizables las anteriores.
Por otra parte, la comisión es una actividad mercantil, no es civil, por tanto el comisionista no puede estar registrado en actividades profesionales y expedir recibos de honorarios, debe expedir facturas como actividad empresarial. Para los clientes que hayan recibido recibos de honorarios con el concepto de "comisiones" no les serán deducibles dichos comprobantes. Saludos.
Por otra parte, la comisión es una actividad mercantil, no es civil, por tanto el comisionista no puede estar registrado en actividades profesionales y expedir recibos de honorarios, debe expedir facturas como actividad empresarial. Para los clientes que hayan recibido recibos de honorarios con el concepto de "comisiones" no les serán deducibles dichos comprobantes. Saludos.
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- a_cano
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15 años 3 meses antes #71489
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Dec, Anual Asalariado y Honorarios (comisionista)
Buena tarde:
Cabe agregar lo siguiente:
Por una parte, el artículo 75 del Código de Comercio, dispone que, la ley reputa actos de comercio:
[…]
XII.- Las operaciones de comisión mercantil;
Por otra , el comisionista al estar realizando una actividad comercial, deberá tributar en el régimen general de las actividades empresariales, teniendo la posibilidad de tributar en el régimen intermedio siempre y cuando sus ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato por dichas actividades no hubiesen excedido de $4´000,000.00, (Sección I y Sección II del Títutlo IV de la LISR).
Otra opción es que lo asimilen a salarios, de conformidad con el artículo 110, fracción VI de la LISR.
Saludos
Cabe agregar lo siguiente:
Por una parte, el artículo 75 del Código de Comercio, dispone que, la ley reputa actos de comercio:
[…]
XII.- Las operaciones de comisión mercantil;
Por otra , el comisionista al estar realizando una actividad comercial, deberá tributar en el régimen general de las actividades empresariales, teniendo la posibilidad de tributar en el régimen intermedio siempre y cuando sus ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato por dichas actividades no hubiesen excedido de $4´000,000.00, (Sección I y Sección II del Títutlo IV de la LISR).
Otra opción es que lo asimilen a salarios, de conformidad con el artículo 110, fracción VI de la LISR.
Saludos
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