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Ingresos no facturados en 2010
- Aprendiendotodoslosdias
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15 años 4 meses antes #71381
por Aprendiendotodoslosdias
Ingresos no facturados en 2010 Publicado por Aprendiendotodoslosdias
Muy estimados todos:
Tengo la siguiente situación. El año pasado se dieron anticipos a un despacho por concepto de servicios prestados, más estos anticipos nunca se facturaron.
En estas fechas, en que se ha cumplido y se ha liquidado la totalidad del trabajo, se pretende expedir la(s) factura(s). Me preguntan si debe ser una sola factura por el total o por las parcialidades.
En su caso, puedo recibir las facturas por las parcialidades y hacerlas deducibles en 2010? ¿o recibo una sola factura y la hago deducible en 2011?
Cabe aclarar que me conviene mucho más la primera opción. Finalmente, el despacho acumuló como ingreso cada anticipo que yo entregué.
Agradezco su apoyo. Ojo: evidentemente, el despacho no puede expedirme facturas con fecha anterior, pues maneja facturación electrónica.
P.D. ¿QUe pasa cuando una persona percibe ingresos, los declara, pero no los factura? ¿Como se puede corregir esa situación?
Tengo la siguiente situación. El año pasado se dieron anticipos a un despacho por concepto de servicios prestados, más estos anticipos nunca se facturaron.
En estas fechas, en que se ha cumplido y se ha liquidado la totalidad del trabajo, se pretende expedir la(s) factura(s). Me preguntan si debe ser una sola factura por el total o por las parcialidades.
En su caso, puedo recibir las facturas por las parcialidades y hacerlas deducibles en 2010? ¿o recibo una sola factura y la hago deducible en 2011?
Cabe aclarar que me conviene mucho más la primera opción. Finalmente, el despacho acumuló como ingreso cada anticipo que yo entregué.
Agradezco su apoyo. Ojo: evidentemente, el despacho no puede expedirme facturas con fecha anterior, pues maneja facturación electrónica.
P.D. ¿QUe pasa cuando una persona percibe ingresos, los declara, pero no los factura? ¿Como se puede corregir esa situación?
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- alexnl
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15 años 4 meses antes #71385
por alexnl
Respuesta de alexnl sobre el tema Re: Ingresos no facturados en 2010
Compañero:
Dale una leida al segundo parrafo de la fraccion XIX del articulo 31 d e la ley de isr.
Un servidor interpreta que lo puedes deducir en 2010 el anticipo si:
a)tienes documentacion comprobatoria del anticipo ( no dice factura)
b) obtienes factura por el total en 2011.
c)se deduce el anticipo en 2010 y el resto en 2011.
lo que me hace pensar es la ultima oracion:
en todo caso para efectuar esta deduccion(entiendo el anticipo) se deberan cumplir con los demas requisitos que establezcan las disposiciones fiscales.
¿ Se referira a ejemplo pagarlo con cheque nominativo, pero no a que este facturado?.
Esperemos comentarios.
saludos
Dale una leida al segundo parrafo de la fraccion XIX del articulo 31 d e la ley de isr.
Un servidor interpreta que lo puedes deducir en 2010 el anticipo si:
a)tienes documentacion comprobatoria del anticipo ( no dice factura)
b) obtienes factura por el total en 2011.
c)se deduce el anticipo en 2010 y el resto en 2011.
lo que me hace pensar es la ultima oracion:
en todo caso para efectuar esta deduccion(entiendo el anticipo) se deberan cumplir con los demas requisitos que establezcan las disposiciones fiscales.
¿ Se referira a ejemplo pagarlo con cheque nominativo, pero no a que este facturado?.
Esperemos comentarios.
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- mikecoz81
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15 años 4 meses antes #71388
por mikecoz81
Respuesta de mikecoz81 sobre el tema Re: Ingresos no facturados en 2010
buenas noches.
Se acuerdo al Art. 86, Fracción II, el despacho está obligado a expedirte comprobantes, ahora bien.
de acuerdo al Art. 29, Fracción VII, párrafo 10, el despacho estuvo obligado a expedirte un comprobante por cada pago que le hayas hecho, ya sea en parcialidades o fuera un anticipo.
En cuanto a la acumulación de ingresos: de acuerdo al Art. 18, Fracción I, puedes deducir los pagos desde el 2010.
Dale una leida a los artículos en mención por si tienes alguna duda.
Se acuerdo al Art. 86, Fracción II, el despacho está obligado a expedirte comprobantes, ahora bien.
de acuerdo al Art. 29, Fracción VII, párrafo 10, el despacho estuvo obligado a expedirte un comprobante por cada pago que le hayas hecho, ya sea en parcialidades o fuera un anticipo.
En cuanto a la acumulación de ingresos: de acuerdo al Art. 18, Fracción I, puedes deducir los pagos desde el 2010.
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- editor20
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15 años 4 meses antes #71396
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Ingresos no facturados en 2010
idn, el párrafo seis del artículo 32 de LIVA dice que en prestación de servicios, que es tu caso, no se pueden considerar parcialidades sino que cada pago es una operación única. Como escriben los colegas, el despacho que te prestó el servicio debió expedir el comprobante máxime que dices ellos sí declararon los cobros como ingresos.
Anotas: "En estas fechas, en que se ha cumplido y se ha liquidado la totalidad del trabajo, se pretende expedir la(s) factura(s). Me preguntan si debe ser una sola factura por el total o por las parcialidades."
Si te maquilaron una auditoría, y al decir que te convendría más tener las facturas de 2010, supongo que tu sí le facturaste a tu cliente en ese año lo que significa que por desgracia ya te quedaste sin deducción en ese año.
Si eres el IDN que todos conocemos, ¿cómo es que en tu oficina nadie se ocupó de recabar la documentación comprobatoria de los egresos mes a mes como dice una elemental regla de control interno? Saludos.
Anotas: "En estas fechas, en que se ha cumplido y se ha liquidado la totalidad del trabajo, se pretende expedir la(s) factura(s). Me preguntan si debe ser una sola factura por el total o por las parcialidades."
Si te maquilaron una auditoría, y al decir que te convendría más tener las facturas de 2010, supongo que tu sí le facturaste a tu cliente en ese año lo que significa que por desgracia ya te quedaste sin deducción en ese año.
Si eres el IDN que todos conocemos, ¿cómo es que en tu oficina nadie se ocupó de recabar la documentación comprobatoria de los egresos mes a mes como dice una elemental regla de control interno? Saludos.
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- agustin escobar
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15 años 3 meses antes #72227
por agustin escobar
Respuesta de agustin escobar sobre el tema Re: Ingresos no facturados en 2010
PARA EFECTOS DE LA LEY DEL ISR, NOS DICE QUE YA NO HAY ANTICIPOS, TE TENIAN QUE HABER DADO LA FACTURA EN SU MOMENTO, PARA HACERLA DEDUCIBLE EN EL EJERCICIO DE 2010.
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