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Duda en resolucion como rechazo en mi devolucion

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15 años 1 mes antes #73303 por TECNICO
Saludos, espero puedan ayudarme en 2009 genere un credito por deducciones mayores a los ingresos, en 2010 tengo una Ietu a pagar enyonces ocupo el credito por deducciones mayores a los ingresos.

De igual manera genere en 2009 unas perdidas fiscales en Isr, cabe aclarar soy una persona fisica con actividad empresarial, y como la declaracion anual se presennta hasta abril , pues los primeros meses del 2010 como ya sabia que iba a tener perdida fiscal ps no realice pagos provisionales, desafortunadamente ps en abril tuve una invitacion de hacienda para que me revisaran enero y febrero y marzo del 2010, entonces ps decidi pagar enero con actualizaciones y recargos, pero al final del 2010 pues ese impuesto me resulto a favor por mis perdidas fiscales.

Entonces presente mi declaracion en 2011 de 2010 y solicite la devolucion de lo que habia pagado, pero me la negaron y en su resultado me dicen que es por que:

"Derivado del analisis efectuado a su declaracion anual normal de fecha 23/03/2011, se observo que manifesto en el anexo de Determinacion del Impuesto Empresarial a Tasa Unica, la cantidad de $200,000.00 en el renglon de credito fiscal por deducciones mayores a los ingresos, sin embargo, no se aprecia el origen y la determinacion de o contra que cuentas contables y fiscales fue aplicado"

Mi duda es, para mostrar en que cuentas contables y fiscales es aplicado como registraria mi credito por deducciones mayores a los ingresos ya que lo tengo registrado en cuentas de orden pero en la declaracion anual no se presenta dicha informacion.

necesito de su apoyo ya que me estan complicando mucho esa devolucion, gracias

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15 años 1 mes antes #73318 por editor20
Persona física con cuál actividad empresarial. Al SAT no le gusta que una persona física "pierda" $1,176,470 en IETU y además también X cantidad en ISR y siga operando como si nada. Le da suspicacia que esté omitiendo ingresos, pues de dónde saca un millón de pesos para gastar en IETU. Por otra parte, tal como pones el comunicado del SAT, no se dieron cuenta que dicho crédito proviene de un ejercicio anterior, por lo que si quieren el desglose que consulten la declaración de 2009.
Saludos.

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15 años 1 mes antes #73321 por TECNICO
Antes que nada gracias por tu valiosa aportacion; y te comento la actividad empersarial es unica y exclusivamente comercial (compra-venta) que en 2009 invirtio en unas promosiones misma que les originaron creditos por deducciones ( IETU), ademas perdidas fiscales (ISR) e iva a favor, mismos que en los ejercicios posteriores se absorberan y por logica despues de que se terminen se tendra un impuesto a pagar, pero parece ser que esa logica no la entienden los de sat, y que quieren que paguen impuesto desde el primer mes que se realizan actividades, pero bueno voy a ir al SAT y haber que resuelvo por que mi cliente quiere su dinero para comprar una maquina.

Lo que resuelva les comento.......

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15 años 1 mes antes #73322 por Licverónica
Técnico, te recomiendo cheques el Art. 107 de la LISR, no está de más y en complemento a la observación de editor20.

Saludos.

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