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"Planeación fiscal"

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15 años 4 semanas antes #73617 por Abogado
Respuesta de Abogado sobre el tema Re: "Planeación fiscal"
que tal compañero, habrá modo de que compartas esa presentación qeu comentas y decirte en específico de que se trata el asunto??

saludos

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15 años 4 semanas antes #73619 por ARMANDOCC
Respuesta de ARMANDOCC sobre el tema Re: "Planeación fiscal"
Si por supuesto haber si se carga...saludos

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15 años 4 semanas antes #73620 por ARMANDOCC
Respuesta de ARMANDOCC sobre el tema Re: "Planeación fiscal"
Creo que no se cargo pero me pueden mandar un correo para enviarselos...saludos

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15 años 4 semanas antes #73626 por Auditormx
Respuesta de Auditormx sobre el tema Re: "Planeación fiscal"
Buen día Colegas:

Esta es mi opinión muy personal, la mayoria de las planeaciones que estan utilizando el tema de alimentos, en mi opinion conllevan un riesgo alto.

En años pasados en otro corporativo donde trabajaba nos quisieron vender la idea, que era basicamente la siguiente:

La P.F. se hace socio de una Sociedad Civil Universal de acuerdo al Codigo Civil del Estado de Yucatan, esta sociedad le factura a la empresa, y le devuelve el dinero al socio pf, bajo el concepto de alimentos.

Si bien es cierto que el término de alimentos como lo define el Código civil federal es muy amplio tal como se describe en el artículo 308 que a continuación se cita:

Artículo 308.- “Los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad. Respecto de los menores los alimentos comprenden, además, los gastos necesarios para la educación primaria del alimentista, y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales”.

Si bien se pudiera entender que este concepto es de aplicación general en mi opinión dicha definición esta contenida en el Titulo Sexto del Código Civil Federal que nos habla del Parentesco, de los Alimentos y de la Violencia Familiar y dentro del Capitulo II que nos habla de los alimentos, seria aplicable mas que nada en las relaciones familiares en línea recta o entre conyuges.

Es cierto que no hay ningún asunto conocido que haya llegado a tribunales, por lo tanto no hay antecedentes respecto al criterio que tendrán los jueces respecto a esto, si bien hay elementos para poder defender a los contribuyentes, también hay elementos que resultan cuestionables para una buena defensa, desde el punto de vista de un abogado diría “todo es peleable” pero en mi opinión “no todo es ganable”.

Ignoro si esta es la "planeación" que te ofrecieron, pero creo que debes medir el riesgo fiscal y penal que te pudiera generar.

Saludos!

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15 años 4 semanas antes #73633 por alexnl
Respuesta de alexnl sobre el tema Re: "Planeación fiscal"
Compañeros, en este caso no hay que olvidar el cambio que sufrio el articulo 109 en su fraccion XXII, donde ahora la redaccion es como sigue.

Estan exentos los ingresos de Personas Fisicas:
XXII.
los percibidos en concepto de alimentos por las personas fisicas que tengan el caracter de acreedores alimentarios en terminos de la legislacion civil aplicable.

Ahora ya esta muy limitado para evitar este tipo de practicas.

saludos

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15 años 4 semanas antes #73634 por ARMANDOCC
Respuesta de ARMANDOCC sobre el tema Re: "Planeación fiscal"
Asi es Auditormx es exactamente lo que nos propusieron por medio de una sociedad civil universal que solo opera en el estado de yucatan y solo se basan en el art. 109 de renta referente a alimentos pero como no conocía dicha planeación me pareció muy facil de aplicar sin que llevara un riesgo a la vez aunque por otro lado para yo decirle a mi cliente si le conviene o no tendría que fundamentarlo tambien y no se si baste con el mismo artículo.....les agradezco sus opiniones los mantendre al tanto de cualquier forma....

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