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ARRENDAMIENTO IETU
- minzunza
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15 años 2 semanas antes #73974
por minzunza
ARRENDAMIENTO IETU Publicado por minzunza
BUENAS TARDES A TODOS, TENGO UNA DUDA EN ARRENDAMIENTO, RESULTA QUE UNA PERSONA ESTA RENTANDO SU CASA AMUEBLADA, POR LO QUE ES CAUSANTE DE ISR,IVA E IETU, PARA LOS DOS PRIMEROS NO TENGO DUDAS, MI DUDAS ES EN IETU, YA QUE ESTA PERSONA LE ESTA PAGANDO COMO ASIMILADO A UNA PERSONA Y LE REALIZA LA RETENCION CORRESPONDIENTE DE ISR, LA DUDA ES SI PARA IETU SE PUEDE ACREDITA ESTE PAGO DE ASALARIADO.
OJALA ME PUEDAN AYUDAR CON ESTA DUDA GRACIAS.
SALUDOS..
OJALA ME PUEDAN AYUDAR CON ESTA DUDA GRACIAS.
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15 años 2 semanas antes #73975
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Deducible en ISR, posible acreditar en IETU
Para que sea deducible en IETU debe ser deducible en ISR, por tanto se recomienda la lectura de los articulos 142, especial atencion a la fraccion IV y el 173, con enfasis en la fraccion VI, ambos de LISR.
En IETU podemos anticipar que como deduccion no procede, en todo caso aplica como Credito por Salarios Pagados, que no es lo mismo pero da igual.
Por no dejar pregunto, ¿A cambio de que le realiza este tipo de pagos?
saludos
sos
En IETU podemos anticipar que como deduccion no procede, en todo caso aplica como Credito por Salarios Pagados, que no es lo mismo pero da igual.
Por no dejar pregunto, ¿A cambio de que le realiza este tipo de pagos?
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- minzunza
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15 años 2 semanas antes #73978
por minzunza
Respuesta de minzunza sobre el tema Re: ARRENDAMIENTO IETU
muchas gracias SOS, pues realmente son honorios por concepto de aseria legal pero entrego recibos asimilados, y solo fueron 4 meses.
Entonces concluyendo este tipo de pago (asmilado) se puede aplicarlos como credito como credito por salarios pagados.
saludos y muchas gracias
Entonces concluyendo este tipo de pago (asmilado) se puede aplicarlos como credito como credito por salarios pagados.
saludos y muchas gracias
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- editor20
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15 años 2 semanas antes #73985
por editor20
Respuesta de editor20 sobre el tema Re: ARRENDAMIENTO IETU
minzunza, si no cuentas con el escrito que el abogado debió entregar al empresario antes de que éste le pagara el primer cheque, yo consideraría que está incompleto el soporte para deducir la asesoría legal cuyo concepto debe de estar descrito en el recibo. Si el empresario arrendador de una casa amueblada se divorcia y contrata a un abogado no porque éste le expida un recibo asimilado sería deducible el pago de los honorarios. Cosa distinta si lo contrata para iniciar un juicio de desalojo para un inquilino moroso en el pago de las rentas.
LEY DE ISR
Artículo 125
Las deducciones autorizadas en esta Sección, además de cumplir con los requisitos establecidos en otras disposiciones fiscales, deberán reunir los siguientes:
II. Que sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos por los que se está obligado al pago de este impuesto en los términos de esta Sección.
Artículo 110
V. Los honorarios que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales a las que presten servicios personales independientes, cuando comuniquen por escrito al prestatario que optan por pagar el impuesto en los términos de este Capítulo.
Saludos.
LEY DE ISR
Artículo 125
Las deducciones autorizadas en esta Sección, además de cumplir con los requisitos establecidos en otras disposiciones fiscales, deberán reunir los siguientes:
II. Que sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos por los que se está obligado al pago de este impuesto en los términos de esta Sección.
Artículo 110
V. Los honorarios que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales a las que presten servicios personales independientes, cuando comuniquen por escrito al prestatario que optan por pagar el impuesto en los términos de este Capítulo.
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15 años 1 semana antes #74099
por minzunza
Respuesta de minzunza sobre el tema Re: ARRENDAMIENTO IETU
Muchas Gracias Editor20 saludos...
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