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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Cuantas complementarias puedo presentar

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15 años 3 días antes #74247 por jcesarpera
Tengo una duda se que solament epuedo presentar hasta tres declaraciones complementarias pero para el cierre de mi dictamen tuve problemas con el iva de diciembre de una de las empresas y al final cuando se realizo la tercer complementaria la persona que la ingreso puso datos incorrecto y me genero un pago de lo indebido mayo por esa razon me vi en la necesidad de presentar una cuarta para corregir tal situacion, habre incurrido en alguna sancion por esta situacion?

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15 años 3 días antes #74255 por editor20
jcesarpera, das a entender que tienes muy presente el artículo 32 de CFF, y como no aportas mayores datos, a tu cuarta declaración complementaria de IVA de diciembre de 2010 le podría aplicar lo siguiente

REGLAMENTO DE IVA
Artículo 23. Para los efectos del artículo 6o. de la Ley, cuando se presenten declaraciones complementarias substituyendo los datos de la original, en virtud de las cuales resulten saldos a favor o se incrementen los que habían sido declarados, el contribuyente podrá optar por solicitar su devolución, llevar a cabo su compensación conforme a lo dispuesto en dicho artículo o por continuar el acreditamiento en la siguiente declaración de pago al día en que se presente la declaración complementaria.

RMF 2011-2012
Opción para acogerse a la determinación del IVA acreditable en proporción a las actividades gravadas en el año de calendario anterior
I.5.1.6. Para los efectos de los artículos 5, fracción V, incisos c) y d), numeral 3 y 5-A de la Ley del IVA, los contribuyentes que hayan aplicado lo dispuesto en dichos artículos, podrán acogerse al tratamiento previsto en el artículo 5-B de dicha Ley, en cuyo caso deberán presentar las declaraciones complementarias correspondientes y pagar, en su caso, las diferencias del impuesto a su cargo, así como las actualizaciones y recargos que resulten de aplicar el tratamiento establecido en el mencionado artículo 5-B.
Las declaraciones complementarias que se presenten como consecuencia del ejercicio de la opción a que se refiere esta regla, no se computarán dentro del límite de declaraciones establecido en el artículo 32, primer párrafo del CFF.
Los contribuyentes que opten por aplicar lo dispuesto en esta regla, no podrán variarla con posterioridad en un periodo de sesenta meses contados a partir del mes en el que se haya ejercido la misma.
LIVA 5, 5-A, 5-B, CFF 32

Saludos.

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15 años 3 días antes - 15 años 3 días antes #74256 por puma1
Bueno, creo que si le pones números a cada una de las complementarias podremos tener una mejor perspectiva de tu caso. De entrada, si presentaste una 4ta complem para reflejar un "importe a favor por pago indebido", podría ser que ya no cumpliste con la limitante de tres complems conforme al 32 del CFF.

Familia y Conocimiento.
Última Edición: 15 años 3 días antes por puma1. Razón: Mejor presentación

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15 años 3 días antes - 15 años 3 días antes #74257 por puma1
Hay un post que te podría ayudar a dilucidar el asunto de una complem de IVA:
www.aportacionesfiscales.com/component/o...view/id,71530/#71530

posiblemente lo recuerdes editor20.

Familia y Conocimiento.
Última Edición: 15 años 3 días antes por puma1.

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Gracias a Foro Kunena