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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Presenta declaraciones de ISR persona Moral

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14 años 10 meses antes #75500 por CPHugoocejo
Exactamente mi estimado puma1..asi es.

Máxime que el punto fino que expones es respecto a la " manera supleatoria del CFF "..no aplica porque la misma LISR si lo expresa, por ende, no HAY OBLIGACION de presentar el ISR en el 2010, aunado a que no hay CU, ni cumple con el ejercicio anterior..


saludos

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14 años 10 meses antes #75503 por Alcala
Hola, buen dia concuerdo con los colegas que comentan que en el ejercicio de inicio de operaciones, no se debe de presentar declaraciones en ceros, ya que asi lo dispone el ultimo parrafo del 14 LISR, como ya lo comento el colega PUMA1, el CFF, se aplica solo de manera supletoria, entonces a pesar de que el sexto parrafo del 31 CFF, hable de presentar estadisticas en ceros, no deben de presentarse por que asi lo dispone expresamente el ultimo parrafo del 14 LISR.
Si en tu caso, en el ejercicio 2010, tuviste perdida fiscal, entonces no tendras C.U, por lo que tu primer declaracion abarcara el periodo de Enero-Marzo, y sera estadistica, pero de haber tenido C.U , entonces realizaras delclaracion de pago por el periodo ya mencionado.

Saludos y buen dia.

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14 años 10 meses antes - 14 años 10 meses antes #75505 por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: Presenta declaraciones de ISR persona Moral
Última Edición: 14 años 10 meses antes por fiscalista 1.

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14 años 10 meses antes - 14 años 10 meses antes #75506 por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: Presenta declaraciones de ISR persona Moral
fiscalista 1 escribió:

1.- Pago Provisional
2.- Presentación de DECLARACION.

La obligación de presentar la primera DECLARACION de PP es el 17 de Abril de 2011, que comprende los períodos ENE-MAR del segundo ejercicio fiscal,Art.14 frac. I último párrafo.

Expresamente el último párrafo del Art.14 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en su segunda oración y primer supuesto establece la no presentación de la DECLARACION de PP en el ejercicio de inicio de operaciones.. ..


SUPLETORIAMENTE el Código Fiscal de la Federación exige que cuando no exista saldo a favor ni impuesto a pagar no se presentarán las declaraciones .......,"pero" los contribuyentes deberán informar a las autoridades fiscales las razones por las cuales no se realiza el pago. Esta obligatoriedad de informar incia a partir del primer PP del 2011(caso concreto) en caso de que no exista impuesto a pagar(o saldo a favor en los siguientes pp) (estadística), Art.31 sexto párrafo C.F.F.



Saludos a todas


Saúl Castro Vázquez

Última Edición: 14 años 10 meses antes por fiscalista 1.

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