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Omision de alta de una obligacion fiscal

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14 años 7 meses antes #77761 por charlsantony
Buen dia estimados foristas, somos una persona moral que omitimos dar de alta la obligacion por retenciones de salarios el 1 de mayo del 2010. Si el dia de hoy presentamos via portal del sat la alta de dicha obligacion con la fecha en que debio ser registrada, la autoridad fiscal podria imponer alguna multa, o que consecuencias podria tener la presentacion extemporanea de esta obligacion?

De antemano gracias por sus comentarios.

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14 años 7 meses antes #77763 por jamendoz
ninguna, ya que te estas regularizando espontaneamente, solo que omitas hacer el pago de las retenciones, si las hubo, y te requieran ahora si el pago de las mismas o la presentacion de las declaraciones informativas de razones

saludos


cp jose antonio mendoza p

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14 años 7 meses antes #77769 por editor20
charlsantony, tu aviso surtirá efectos a partir del día en que lo presentes no desde la fecha que le pongas pues ya es extemporáneo. Si a partir del 1o de mayo de 2010 contrataste trabajadores y por tanto has estado enterando desde esa fecha las retenciones que se hayan generado, antes de hacer cualquier movimiento imprime una CIF actualizada porque el SAT tenía la mala costumbre de que cuando capta una declaración por una obligación no registrada por el contribuyente, ellos solos le activan esa obligación, pudiera ser que ya la tengas activa.
Saludos.

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