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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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como de calcula de IETU en arrendamiento

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14 años 7 meses antes #78168 por mikecoz81
Diana20102010 escribió:

si CPHugoocejo, segura! eso dice la regla.


Diana20102010 la regla I.4.3.8 vigente dice:
ISR pagado en el extranjero por acreditar
I.4.3.8. Para los efectos del artículo 10, quinto párrafo de la Ley del IETU, los contribuyentes que perciban ingresos provenientes de fuente de riqueza ubicada en el extranjero gravados por el IETU, también podrán considerar como ISR propio, para los efectos de la determinación de los pagos provisionales del IETU, el ISR pagado en el extranjero respecto de dichos ingresos en el periodo al que corresponda el pago provisional. El ISR pagado en el extranjero no podrá ser superior al monto del ISR acreditable en los términos del artículo 6 de la Ley del ISR que corresponda al periodo por el que se efectúa el pago provisional, sin que en ningún caso exceda del monto que resulte de aplicar al resultado a que se refiere el artículo 1, último párrafo de la Ley del IETU correspondiente a las operaciones realizadas en el extranjero en el mismo periodo la tasa establecida en el citado artículo 1.


y la regla I.4.3.5 dice:
Contribuyentes no obligados a efectuar pagos provisionales
I.4.3.5. Para los efectos del artículo 9 de la Ley del IETU, los contribuyentes a que se refiere el artículo 143, tercer párrafo de la Ley del ISR, podrán no efectuar pagos provisionales del IETU.
Tratándose de los contribuyentes a que se refiere el artículo 81, fracción I, último párrafo de la Ley del ISR que hubieran optado por realizar pagos provisionales semestrales del ISR, podrán optar por efectuar pagos provisionales semestrales del IETU. En el caso de las instituciones fiduciarias a que se refiere el artículo 144, segundo párrafo de la misma Ley, podrán optar por efectuar pagos provisionales del IETU en forma cuatrimestral. En ambos casos, se deberán presentar dichas declaraciones a más tardar en la misma fecha que para tales efectos se establece en las disposiciones aplicables en materia del ISR.
Para los efectos del párrafo anterior, los contribuyentes y las instituciones fiduciarias determinarán los pagos provisionales restando de la totalidad de los ingresos percibidos a que se refiere la Ley del IETU en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del semestre o cuatrimestre al que corresponda el pago, las deducciones autorizadas correspondientes al mismo periodo.
ISR 81, 143, 144, LIETU 9

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14 años 7 meses antes #78172 por Diana20102010
mikecoz81 una disculpa me refiero a la regla que me indica CPHugoocejo regla I.4.3.5 DOF 28-12-11

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