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fundamento del 100% en asimilados

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19 años 4 meses antes #8114 por j_ynes
Respuesta de j_ynes sobre el tema Re: fundamento del 100% en asimilados
Gracias, a todos!
Por su aportacion.

De hecho, lo que se ha concluido es la interpretacion que le hemos dado;
en la oficina.

Me sirvieron la mesa, para comer y para llevar.



Buen dia!

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19 años 4 meses antes #8115 por mozart
Respuesta de mozart sobre el tema Re: fundamento del 100% en asimilados
te saludo y esto como complemento :


En el caso de salarios No se aplica el subsidio al 100 % sino en un proporcion.... Tratandose de otor tipo de ingresos Si se aplica de manera total.... esto debido a que :

Debido a que al determinar el impuesto anual deben sumarse las bases de impuesto y apartir de ello sde determian un impuesto anual y un subsidio tambien total... de de donde los parrafos ultimo y poenultimo del art 178 LISR señala que las personas fisicas deberan restar de ese subsidio total una cantidad equivalente al subsidio NO acreditable determinado para salarios y que es señalado por el patron en la constancia de retenciones......

y cuando se tiene ingresos por salarios, entonces, si debe determinarse el subsidio NO acreditable apartir del calculo del impuesto anual y no debera considerarse el que aparce en la constancia....

saludos :lol:

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