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IEPS
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14 años 2 meses antes #81654
por Bera
TENGO UNA DUDA... ME PUEDEN AYUDAR PORFAVOR
SOY UN A PERSONA MORAL, COMPRE MEZCAL Y ME FACTURARON CON IEPS...
1.- LA TENGO QUE DECLARAR AL SAT MEDIANTE EL PROGRAMA QUE ELLOS MENCIONAN O NO.
2.- EL IEPS ES PARA PRODUCTORES Y VENDEDORES YO NO PRODUZCO NI VENDO.
3.- YO SOLO COMPRE MEZCAL PERO EN MI TRABAJO FACTURAN TODO AUNQUE NO SE DEDIQUEN A COMPRA Y VENTA DE PRODUCTOS.
GRACIAS..
SOY UN A PERSONA MORAL, COMPRE MEZCAL Y ME FACTURARON CON IEPS...
1.- LA TENGO QUE DECLARAR AL SAT MEDIANTE EL PROGRAMA QUE ELLOS MENCIONAN O NO.
2.- EL IEPS ES PARA PRODUCTORES Y VENDEDORES YO NO PRODUZCO NI VENDO.
3.- YO SOLO COMPRE MEZCAL PERO EN MI TRABAJO FACTURAN TODO AUNQUE NO SE DEDIQUEN A COMPRA Y VENTA DE PRODUCTOS.
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14 años 2 meses antes #81660
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema !Bien Llegada a casa!
Primero lo primero; !!! Bien Llegada a casa !!!
Ahora si, a comentar sobre lo que te trajo hasta este espacio. ¿A qué se dedica la persona moral que realiza la adquisición del mezcal?, ¿Para qué realizaron la adquisición del mezcal?, ¿Estaba bueno?, bueno esta última pregunta a lo mejor no es tan relevante le des respuesta, pero pu's es curiosidad personal...
Bueno es que en su trabajo se tenga comprobante de todo lo que se hace, preferible eso a que no dejen evidencia de lo que se realiza.
Ahora si, a comentar sobre lo que te trajo hasta este espacio. ¿A qué se dedica la persona moral que realiza la adquisición del mezcal?, ¿Para qué realizaron la adquisición del mezcal?, ¿Estaba bueno?, bueno esta última pregunta a lo mejor no es tan relevante le des respuesta, pero pu's es curiosidad personal...
Bueno es que en su trabajo se tenga comprobante de todo lo que se hace, preferible eso a que no dejen evidencia de lo que se realiza.
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- Bera
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14 años 2 meses antes #81671
por Bera
Gracias por responder.
Persona Moral una Escuela... compró mezcal para utilizarla en el laboratorio de prácticas de turismo.
Se facturó pero al ser consumidores finales la pagamos al productor, ¿pero nosotros la declaramos al SAT, para que ellos tenga un registro?
Mi duda es si esa factura se declara al SAT mediante los programas que se instalan para la misma, como cuando se declara la DIOT, o lo del IEPS solo se declara con esos programas si eres productor o vendedor...
gracias
Persona Moral una Escuela... compró mezcal para utilizarla en el laboratorio de prácticas de turismo.
Se facturó pero al ser consumidores finales la pagamos al productor, ¿pero nosotros la declaramos al SAT, para que ellos tenga un registro?
Mi duda es si esa factura se declara al SAT mediante los programas que se instalan para la misma, como cuando se declara la DIOT, o lo del IEPS solo se declara con esos programas si eres productor o vendedor...
gracias
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- a_cano
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14 años 2 meses antes - 14 años 2 meses antes #81674
por a_cano
Buena tarde:
El artículo 32 fracción XV, dispone lo siguiente:
Artículo 32. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:
XV. Los pagos por concepto de impuesto al valor agregado o del impuesto especial sobre producción y servicios, que el contribuyente hubiese efectuado y el que le hubieran trasladado. No se aplicará lo dispuesto en esta fracción, cuando el contribuyente no tenga derecho a acreditar los mencionados impuestos que le hubieran sido trasladados o que hubiese pagado con motivo de la importación de bienes o servicios, que correspondan a gastos o inversiones deducibles en los términos de esta Ley.
Así pues, el IEPS que le ha sido trasladado, deberá considerarse como un gasto deducible en virtud de que no se le permitirá su acreditamiento, en términos del artículo 32 fracción XV de la LISR.
En relación con los artículos 4 y 19, fracción II, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Saludos
El artículo 32 fracción XV, dispone lo siguiente:
Artículo 32. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:
XV. Los pagos por concepto de impuesto al valor agregado o del impuesto especial sobre producción y servicios, que el contribuyente hubiese efectuado y el que le hubieran trasladado. No se aplicará lo dispuesto en esta fracción, cuando el contribuyente no tenga derecho a acreditar los mencionados impuestos que le hubieran sido trasladados o que hubiese pagado con motivo de la importación de bienes o servicios, que correspondan a gastos o inversiones deducibles en los términos de esta Ley.
Así pues, el IEPS que le ha sido trasladado, deberá considerarse como un gasto deducible en virtud de que no se le permitirá su acreditamiento, en términos del artículo 32 fracción XV de la LISR.
En relación con los artículos 4 y 19, fracción II, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Saludos
Última Edición: 14 años 2 meses antes por a_cano.
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14 años 2 meses antes #81676
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Sin obligaciones en IEPS, procede a deducir.
Toda vez que la contribuyente tiene la posición de Consumidor Final, puede concluirse que no hay obligación alguna que deba cumplir en materia de IEPS, es decir, no ha lugar a informativa alguna. En la DIOT debe reportarse, no por el IEPS, si no por el IVA que pueda existir en la operación.
Ya por curiosidad y cultura general, dices que utilizaron el mezcal en el laboratorio de prácticas de turismo, ¿Cómo?, ¿Muestras gratis a los visitantes?
Ya por curiosidad y cultura general, dices que utilizaron el mezcal en el laboratorio de prácticas de turismo, ¿Cómo?, ¿Muestras gratis a los visitantes?
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- Bera
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14 años 2 meses antes #81684
por Bera
Respuesta de Bera sobre el tema Re: Sin obligaciones en IEPS, procede a deducir.
Gracias nuevamente
En prácticas de turismo, imagino que para aprender a relizar algunas bebidas o por si tuvieron invitados.
gracias por la respuesta IEPS.. mi duda era porque esta el programa que se instala como la DIOT... pero entonces ese solo es para los productores.
esque en mi trabajo declaramos DIOT, DIM .. etc. efectivamente con el IVA y se les hizo raro que llegara una con IEPS, y como ya paso el 17 para saber si la teniamos que dar de alta en SAT por medio del programa que se instala... ahora diré que no se declara y la factura solo para el IVA...
GRACIAS.
En prácticas de turismo, imagino que para aprender a relizar algunas bebidas o por si tuvieron invitados.
gracias por la respuesta IEPS.. mi duda era porque esta el programa que se instala como la DIOT... pero entonces ese solo es para los productores.
esque en mi trabajo declaramos DIOT, DIM .. etc. efectivamente con el IVA y se les hizo raro que llegara una con IEPS, y como ya paso el 17 para saber si la teniamos que dar de alta en SAT por medio del programa que se instala... ahora diré que no se declara y la factura solo para el IVA...
GRACIAS.
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