- Mensajes: 35
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
sobre sueldos y salarios y maternidad
- VICENTINO
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Junior Boarder
-
desconozco sobre el tema.. solo se que en la declaracion anual se engloban todos los ingresos anuales vs tablas anuales de isr.. y si no existio ingreso por parte del trabajador.. tampoco retencion.. entonces ¿como proviene el saldo a favor?
2.- respecto a que llegase a aprobarse del todo la reforma laboral.. a partir del mes de enero 2013 seria aplicable.. ella regresa a laborar aproximadamente esos dias.. entonces puede acojer los beneficios de esta reforma?
Saludos y muchas gracias
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- sosgtorreon
- Fuera de línea
- Administrator
-
- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
- Mensajes: 6964
- Gracias recibidas: 0
¿A qué beneficios de la reforma se refiere?, al margen de ello, se supone que la aplicación de una ley no puede ser retroactiva en perjuicio del contribuyente, si en su beneficio... pero reitero la pregunta, ¿A qué benefcios se refiere?
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- mikecoz81
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Mensajes: 712
- Gracias recibidas: 0
Parte del 2010 y principios de 2011, laboré en un lugar en donde calculaban la retención de ISR de manera mensual, sin importar que nada más hayas trabajado 10 días en el mes.
Al hacer el cálculo de esa manera, si te dará un saldo a favor, toda vez que te van a retener ISR en exceso.
Esa podría hacer una explicación del caso (entre varias más)
Saludos.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- CP_ABB
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
- Mensajes: 221
- Gracias recibidas: 0
Yo tambien deseo saber a que beneficios de la reforma laboral te refieres???
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- VICENTINO
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Junior Boarder
-
- Mensajes: 35
- Gracias recibidas: 0
Les agradezco infinitamente sus apuntes... em base al impuesto a favor antes comentado y comprendo el por que del saldo a favor...
en base a lo comentado de las reformas laborales.... es por lo siguiente
1.-En enero que entra la reforma (en dado caso) que la femina no hubiera gosado de las semanas antes del parto... (pudiese tomarlas despues) por dicha reforma?
"se podrá transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo"
2.-"En el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos reposos
extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el período señalado"
3.-"se propone incluir en la legislación, la figura de las licencias de paternidad, de tal forma
que el trabajador que se convierta en padre pueda disfrutar de una licencia de diez días, con goce de sueldo"
Algun comentario?
Gracias.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Daniel_Gtz
- Fuera de línea
- Moderator
-
- No es lo mismo dame, que ayudame.
- Mensajes: 3500
- Gracias recibidas: 0
VICENTINO escribió: Antes que nada ofrezco una disculpa por la ausencia
Les agradezco infinitamente sus apuntes... em base al impuesto a favor antes comentado y comprendo el por que del saldo a favor...
en base a lo comentado de las reformas laborales.... es por lo siguiente
1.-En enero que entra la reforma (en dado caso) que la femina no hubiera gosado de las semanas antes del parto... (pudiese tomarlas despues) por dicha reforma?
"se podrá transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo"
2.-"En el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos reposos
extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el período señalado"
3.-"se propone incluir en la legislación, la figura de las licencias de paternidad, de tal forma
que el trabajador que se convierta en padre pueda disfrutar de una licencia de diez días, con goce de sueldo"
Algun comentario?
Gracias.
Hola...
Mi comentario es que es preferible NO hacer planes en algo que NO es oficial aun...
1. Hay que ver tambien las probables modificaciones que hagan ala Ley del IMSS en ese aspecto.
2. Eso es algo que algunos patrones han adpotado en la "practica"...
3. Ya van varias veces que se propone esto, sin embargo nunca habia pasado de la camara de diputados (si no mal recuerdo), asi que ya es ganancia que este en la camara de senadores. Por cierto, paso de 10 dias a 5 dias.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.