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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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13 años 10 meses antes #84887 por ODIOSA DEL AMOR
MI PREGUNTA ES: ¿SE PUEDE DEJAR PEGADA POR INSTRUCTIVO UNA CARTA INVITACION QUE TE INVITA A PAGAR EL I.V.A., PREVIO CITATORIO, OBVIO QUE NO ESPERARON AL NOTIFICADOR?,

POR QUE ME ALEGAN QUE CON BASE EN EL 137 C.F.F. SI SE PUEDE SIN EMBARGO UNA CARTA INVITACION NO ESTA DENTRO DEL P.A.E., POR LO TANTO NO ESTOY SEGURA, SI SE PUEDE O NO SE PUEDE.

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13 años 10 meses antes #84894 por mikecoz81
Buen día!................


Cómo mencionas, es una carta invitación, te están "invitando" a que pagues el IVA.
No es requerimiento, no te crea obligaciones.


Saludos.

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13 años 10 meses antes #84896 por fiscalista 1
Yo no entender que querer explicar con esto:

MI PREGUNTA ES: ¿SE PUEDE DEJAR PEGADA POR INSTRUCTIVO UNA CARTA INVITACION QUE TE INVITA A PAGAR EL I.V.A., PREVIO CITATORIO, OBVIO QUE NO ESPERARON AL NOTIFICADOR?,

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13 años 10 meses antes #84915 por Contribuyente
Buenas noches.

Aunque sería muy conveniente siempre tener un panorama más completo de la razón de lo que se consulta, en el caso presente y, esperando haber entendido bien la duda, opino lo siguiente.

Pareciera un exceso de celo de parte del notificador, pues como bien se entiende (S. E. u O) el documento del que se le pretende hacer entrega al contribuyente no tiene la calidad de requerimiento o de acción definitiva como la de una sanción o notificación de multa. Tal parece que se negaron a recibir la entrega del documento de marras y eso generó una reacción exagerada de parte de quien pretendió entregar el documento.

Efectivamente una invitación no es parte del PAE, por lo que las consecuencias fiscales-legales no son significativas.

Sin embargo, no está de más tomar del asunto lo que conviene y, si fuera el caso, aprovechar para poner al día el cumplimiento de las obligaciones fiscales que estén pendientes...... antes de que la autoridad ejerza su derecho de comprobación y el notificador haga lo propio.

Es mi opinión.

Saludos cordiales.

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