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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Compra-Venta de terreno
- mams84
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- Fresh Boarder
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Les doy una pequeña reseña:
Este cliente tiene dos personas morales, correlacionadas, es decir, son los mismos socios en las dos empresas. Una es una Inmobiliaria, y otra es una constructora. El problema es el siguiente,
La inmobiliaria compro un terreno a una persona fisica, ya se realizo la operación y ya se expidio un cheque y este fue cobrado ya por esta persona que vendio el terreno. Ahora resulta que el cliente, ya no quiere que el terreno quede a nombre de la inmobiliaria, sino de la constructora. Y no solo esto, que ademas sea deducible para la constructora, esto sin emitir ningun cheque, debido a que ya no tiene fondos en la cuenta.
De ahi lo siguiente ¿Creen que haya alguna manera de traspasar el terreno, y que ademas se pueda hacer deducible para la constructora, sin que esta emita ningun cheque?
A mi se me ocurrieron las siguientes maneras:
a)Realizar un contrato de prestamo entre la inmobiliaria y la constructora, en donde se especifique que la inmobiliaria será la que realice el pago del terreno, pero este quedará a nombre de la constructora.
b) Realizar una donación del terreno, de una persona moral a otra.
c) Que el terreno se de como aportación a capital a la constructora, debido a que son los mismos socios en las dos personas morales.
¿Cual creen que sea la mejor opción? ¿Podria haber otra? ¿Que costo fiscal incurriria en cualquiera de las tres opciones?
Saludos.
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- sosgtorreon
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Una posibilidad igualmente lo es revisar el 35 de RLISR para ver si se puede instrumentar en su particular caso.
Tienes pues la oportunidad de aplicar un contrato de mandato o incluso uno de sustitución de deudor o acreedor, pero implica que cuentes con el consentimiento del vendedor, cosa de que lo revisen. No resulta obligado pero si altamente recomendable sin importar que tipo de contrato celebren que dicho contrato lo pasen ante FE Pública, ya que ello te deja en condiciones de salir adelante con mayor facilidad en revisiones del fisco.
Esperemos mejores participaciones.
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- mams84
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- fiscalista 1
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2.- No existe pasivos entre ambas , es decir que la Inmobiliaria le deba a la Constructora?
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- sosgtorreon
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sosgtorreon escribió: Toda vez que ofreces opciones emanadas ya de tu estudio del caso, yo me manifiesto por la del inciso a)
Una posibilidad igualmente lo es revisar el 35 de RLISR para ver si se puede instrumentar en su particular caso.
Tienes pues la oportunidad de aplicar un contrato de mandato o incluso uno de sustitución de deudor o acreedor, pero implica que cuentes con el consentimiento del vendedor, cosa de que lo revisen. No resulta obligado pero si altamente recomendable sin importar que tipo de contrato celebren que dicho contrato lo pasen ante FE Pública, ya que ello te deja en condiciones de salir adelante con mayor facilidad en revisiones del fisco.
Esperemos mejores participaciones.
Planteamiento para contrato,
La constructora es acreedora de la inmobiliaria.
La constructora propone a la inmobiliaria que no le pague a ellos en forma directa, si no que por su cuenta y a su nombre le pague a la persona fisica. Ya que va a comprarle un terreno.
La inmobiliaria declara que no tiene inconveniente, acepta la propuesta.
La persona fisica, acepta lo que entre constructora e inmobiliaria proponen.
Todos firman de conformidad, dan FE PUBLICA al contrato celebrado y adelante.
Pero ojo, atienda lo que pregunta Fiscalista1 en primer término, ya que ello puede dar un giro a lo que yo expongo.
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- mams84
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No existen pasivos entre estas, ahora realizando esta operación ya se generaria.
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