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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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AYUDA RESPECTO A DICTAMENES

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13 años 10 meses antes #85143 por Pamela74
BUENOS DIAS,

ALGUIEN QUE ME PUEDA AYUDAR POR FAVOR EN LOS SIGUIENTE

SI EN LA DECLARACIONA ANUAL DE ISR DE 2011 REBASO LOS INGRESOS DE 34 MILLONES DE INGRESOS

¿SE TIENE QUE MARCAR COMO OBLIGADO A DICTAMINARSE? O SE SELECCIONA ¿QUE NO?

Y HASTA PRESENTAR LA DECLARACION ANUAL DE ISR 2012 QUE SE PRESENTA EN EL 2013 ES CUANDO SE MARCA LA OBLIGACION A DICTAMINARSE

MUCHAS GRACIAS POR LA AYUDA

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13 años 10 meses antes #85150 por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: AYUDA RESPECTO A DICTAMENES
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION:

Artículo 32-A.- Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales que se encuentran en alguno de los supuestos de las siguientes fracciones, están obligadas a dictaminar, en los términos del Artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, sus estados financieros por contador público autorizado.

I. Las que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $34,803,950.00, que el valor de su activo determinado en los términos del artículo 9o-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta sea superior a $69,607,920.00 o que por lo menos trescientos de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.


NOTA:
Es en el ejercicio SIGUIENTE en que deberá marcarse en la declaración como obligado a Dictaminarse, o sea en la de 2012.
El siguiente usuario dijo gracias: Pamela74

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