- Mensajes: 54
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
PREGUNTA SENCILLA DE PRESTACION DE SERVICIOS
- CPPANTHER
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Senior Boarder
-
UN SALUDO PARA TODOS
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Robcast
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
- Mensajes: 291
- Gracias recibidas: 0
- CPPANTHER
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Senior Boarder
-
- Mensajes: 54
- Gracias recibidas: 0
UN SALUDO PARA TODOS
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- atperez
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Mensajes: 923
- Gracias recibidas: 0
Pues que proporcione los fundamentos con los que respalde su dicho.
Si se trata de una Persona Moral del Regimen Simplificado, Persona Moral al fin y al cabo, y el servicio personal independiente prestado por la persona fisica es objeto de IVA, dicha persona moral esta obligada a retener el IVA conforme al Art. 1-A fr. II inciso a) de la Ley correspondiente. (Y para el ISR, pues el 127 ultimo parrafo
No veo ni en las leyes, reglamentos, Resoluciones (Miscelanea Fiscal, de Facilidades Administrativas) u otro ordenamiento que se les de la facilidad de no efectuar la retencion.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Robcast
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
- Mensajes: 291
- Gracias recibidas: 0
Saludos.
Pues que proporcione los fundamentos con los que respalde su dicho.
Si se trata de una Persona Moral del Regimen Simplificado, Persona Moral al fin y al cabo, y el servicio personal independiente prestado por la persona fisica es objeto de IVA, dicha persona moral esta obligada a retener el IVA conforme al Art. 1-A fr. II inciso a) de la Ley correspondiente. (Y para el ISR, pues el 127 ultimo parrafo)
No veo ni en las leyes, reglamentos, Resoluciones (Miscelanea Fiscal, de Facilidades Administrativas) u otro ordenamiento que se les de la facilidad de no efectuar la retencion.
Estoy de acuerdo con esta respuesta. Ademas, deberà entregar las constancias de dichas retenciones y presentar, en su momento, las declaraciones informativas correspondientes.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- CPHugoocejo
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Ganar no lo es todo, es lo unico..Vince Lombardi.
- Mensajes: 5612
- Gracias recibidas: 0
A LO MEJOR HASTA ME QUEMO PERO ME PREGUNTARON ASI OTRO CONTADOR, ME DIJO SOY CONTADOR QUE PRESTA SERVICIOS A UNA SOCIEDAD AGRICOLA (PERSONA MORAL REGIMEN SIMPLIFICADO) AL MOMENTO DE HACER MIS RECIBOS DE HONORARIOS ¿LES COBRO IVA Y ME DEBEN HACER RETENCION?, MI RESPUESTA FUE SI Y LE DIJE QUE LO QUE GRAVABA SON SUS SERVICIOS Y POR LO TANTO LE DIJE QUE SI (NO ES EL PRIMO DE UN AMIGO TIPICO ME LO PREGUNTARON) ME INTERESA SU OPNINION.
UN SALUDO PARA TODOS
en mi opinion se le aplica tanto el IVA, asi como la retencion de IVA...
Artículo 1-A.LIVA... Están obligados a efectuar la retención
del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que
se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
II. Sean Personas Morales que:
a) Reciban servicios personales independientes,
o usen o gocen temporalmente bienes, prestados
u otorgados por Personas Físicas, respectivamente.
La fracción comienza estableciendo que todas
las Personas Morales tendrán la obligación de
retener el IVA cuando reciban la prestación de
servicios personales independientes o el
otorgamiento del uso o goce temporal de bienes,
ambos de Personas Físicas.
Esta fracción trata de
minimizar el impacto por las operaciones que
causan IVA y que representan el riesgo de que
dicho impuesto no sea enterado debido a que el
contribuyente que en primera instancia debería
enterar el impuesto es el prestador del servicio o el
otorgador del uso o goce temporal de bienes; sin
embargo, como muchas Personas Físicas ocupaban
el IVA originado en la operación para financiarse,
es decir, no lo enteraban; se determinó que las
Personas Morales realicen la función de
recaudación y entero, función que inicialmente
corresponde al fisco.
Es necesario puntualizar que la fracción es muy
clara al establecer que los obligados a retener son
todas las Personas Morales que se ubiquen en los
supuestos mencionados, por lo que si una Persona
Moral no contribuyente, ya sea para efectos de IVA
o de ISR, se ubica en estos supuestos estará obligada
a retener este impuesto y enterarlo, no importando
su calidad de no contribuyente.
saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.