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Duda en momento de deducción
- JULIO ALCOCER
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13 años 8 meses antes #86256
por JULIO ALCOCER
Duda en momento de deducción Publicado por JULIO ALCOCER
Buena Noche, Feliz Año y Saludos a Todos,
Espero contar con sus valiosos comentarios sobre la siguiente situación:
Persona física empresaria realiza compras en Nov y Dic de 2012 a Persona Moral, los pagos los realiza en su totalidad mediante transferencia bancaria en el mismo mes de la operación, pero los comprobantes los recibe con fecha de expedición Dic 2012 y Ene 2013.
Para efectos de IVA no tengo duda que el acreditamiento corresponde al mes de pago, pues se efectúa el pago de la operación en su totalidad.
Por lo que respecta a IETU, el artículo 6 fracc IV establece que las erogaciones efectuadas por el contribuyente cumplan con los requisitos de deducibilidad establecidos en la Ley del ISR.
El último enunciado de la fracc VIII del artículo 125 de ISR dice: “Además, la fecha de expedición de la documentación comprobatoria de un gasto deducible deberá corresponder al ejercicio por el que se efectúa la deducción”.
Mi duda es la siguiente: ¿ Se puede deducir para efectos de IETU e ISR la operación de compra efectuada en Dic 2012 pagada en su totalidad en el mismo mes, pero que la factura tiene fecha de Ene 2013?
P.D. Las facturas son CFDI
Gracias de antemano por su tiempo y apoyo
Espero contar con sus valiosos comentarios sobre la siguiente situación:
Persona física empresaria realiza compras en Nov y Dic de 2012 a Persona Moral, los pagos los realiza en su totalidad mediante transferencia bancaria en el mismo mes de la operación, pero los comprobantes los recibe con fecha de expedición Dic 2012 y Ene 2013.
Para efectos de IVA no tengo duda que el acreditamiento corresponde al mes de pago, pues se efectúa el pago de la operación en su totalidad.
Por lo que respecta a IETU, el artículo 6 fracc IV establece que las erogaciones efectuadas por el contribuyente cumplan con los requisitos de deducibilidad establecidos en la Ley del ISR.
El último enunciado de la fracc VIII del artículo 125 de ISR dice: “Además, la fecha de expedición de la documentación comprobatoria de un gasto deducible deberá corresponder al ejercicio por el que se efectúa la deducción”.
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13 años 8 meses antes #86294
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Concepto... parece que no, pero para mi, cuenta...
Julio, el requisito que aludes (125-VIII de LISR) se refiere al concepto "gasto", lo que planteas se pretende deducir es una "compra", por lo tanto pregunto, ¿Resulta aplicable la limitante en cuestión?, ya en el pasado reciente de mi parte expuse que "compra" no es "gasto" y por ende lo que literalmente se dispone para deducir un "gasto" no tiene uno porque aplicarlo al rubro "compra" o "adquisiciones netas", puedes buscar un mensaje que hace cosa de dos o tres meses en el que se expusieron, de mi parte, razonamientos en relación al caso, sin decir que tenga la razón o que la ley me asista, simplemente son mis razonamientos y como tal los expongo. El mensaje a que refiero era en relación a un rechazo de la autoridad en una auditoría para unas facturas de compra, en realidad costo de ventas, pero puede que te resulte de utilidad... es mas, voy a buscar el mensaje en cuestión y regreso a poner el link.
saludos
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13 años 8 meses antes #86295
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Este es el link referido...
Sugerencia, leer al menos las tres primeras hojas del mensaje al que se remite... El caso no es igual al planteado, pero guarda cierta similitud en los conceptos, puede que los razonamientos de su servidor le parezcan medio fumados, no importa, de lectura, luego concluya lo que mejor le parezca,
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Por cierto, si mal no recuerdo para que el IVA sea acreditable el principal debe ser deducible en ISR...
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