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DEDUCCION COMPRA DE AUTOMOVIL A CREDITO
- Contribuyente
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13 años 8 meses antes #86284
por Contribuyente
Respuesta de Contribuyente sobre el tema Re: DEDUCCION COMPRA DE AUTOMOVIL A CREDITO
Buenas tardes a todos y deseo que tengan mejor suerte y más dicha en este 2013.
1.- Para efectos de deducción del $175,000 en ISR, no podrá aplicarlo en el presente ejercicio, pues se tiene que cumplir el requisito de que aplique la deducción proporcional a los meses COMPLETOS del ejercicio en que pretende deducirlo...... y eso se cumplirá hasta el mes de Enero de 2013 en adelante. No puede aplicarlo en el año ni siquiera proporcionalmente, pues no hay un solo mes completo.
2.- Para efectos de IETUy de IVA, su deducción será con base a flujo de efectivo, con lo que solo podría aplicar el importe del anticipo entregado dentro del mes de diciembre de 2012. Por cierto.... habrá alguna controversia de si puede aplicar dicho monto COMPLETO en diciembre o solo la proporción determinada al dividir la cifra deducible contra el monto de la inversión, ya que el valor de factura sobrepasa al monto autorizado para deducción. Estas situaciones dan como consecuencia una proporcionalidad "en cadena", ya que cada gasto realizado desde la compra del bien parcialmente deducible, será también parcialmente NO DEDUCIBLE por el excedente proporcional.
Espero sea de utilidad esta opinión y, atendiendo al comentario de mirita, le solicito disculpas por de todos modos intervenir, pero creo que la mención del consultante de que en este año le dicen que pueden deducir todos los 175 y recuperar la totalidad del IVA, para mi no es justificada y temo que si no se le indica, pueda caer en una falta fiscal de consecuencias posteriores nada gratas.
De cualquier manera, le sugiero a gipol que lo consulte con el SAT y con su contador o más contadores, sin el afán de perjudicar a nadie, solo con el de enterarse firmemente de lo que con justificación (Según yo) le ha causado duda e interés en consultarlo en esta página. Complemento diciendo que si yo hubiese sido quien le aconsejó en ese sentido para mí incorrecto, preferiría saber que estoy en un error, para evitar cometerlo con este cliente y lo tomaría como un aprendizaje con costo menor, que esperar a darme cuenta de que no estoy haciendo lo correcto con todos mis clientes presentes y futuros.
Saludos cordiales a todos y especialmente a mirita que es una luchadora sencilla, grata y acertada, la que veo mejorar día a día, aunque ya domina la mayoría de que en el foro se presenta . Tiene una voluntad de servicio y deseo de aprendizaje, además de que prefiere exponer una duda y aclararla hasta sentirse segura...... precisamente para no perjudicar a sus clientes actuales y futuros.
Hasta luego
1.- Para efectos de deducción del $175,000 en ISR, no podrá aplicarlo en el presente ejercicio, pues se tiene que cumplir el requisito de que aplique la deducción proporcional a los meses COMPLETOS del ejercicio en que pretende deducirlo...... y eso se cumplirá hasta el mes de Enero de 2013 en adelante. No puede aplicarlo en el año ni siquiera proporcionalmente, pues no hay un solo mes completo.
2.- Para efectos de IETUy de IVA, su deducción será con base a flujo de efectivo, con lo que solo podría aplicar el importe del anticipo entregado dentro del mes de diciembre de 2012. Por cierto.... habrá alguna controversia de si puede aplicar dicho monto COMPLETO en diciembre o solo la proporción determinada al dividir la cifra deducible contra el monto de la inversión, ya que el valor de factura sobrepasa al monto autorizado para deducción. Estas situaciones dan como consecuencia una proporcionalidad "en cadena", ya que cada gasto realizado desde la compra del bien parcialmente deducible, será también parcialmente NO DEDUCIBLE por el excedente proporcional.
Espero sea de utilidad esta opinión y, atendiendo al comentario de mirita, le solicito disculpas por de todos modos intervenir, pero creo que la mención del consultante de que en este año le dicen que pueden deducir todos los 175 y recuperar la totalidad del IVA, para mi no es justificada y temo que si no se le indica, pueda caer en una falta fiscal de consecuencias posteriores nada gratas.
De cualquier manera, le sugiero a gipol que lo consulte con el SAT y con su contador o más contadores, sin el afán de perjudicar a nadie, solo con el de enterarse firmemente de lo que con justificación (Según yo) le ha causado duda e interés en consultarlo en esta página. Complemento diciendo que si yo hubiese sido quien le aconsejó en ese sentido para mí incorrecto, preferiría saber que estoy en un error, para evitar cometerlo con este cliente y lo tomaría como un aprendizaje con costo menor, que esperar a darme cuenta de que no estoy haciendo lo correcto con todos mis clientes presentes y futuros.
Saludos cordiales a todos y especialmente a mirita que es una luchadora sencilla, grata y acertada, la que veo mejorar día a día, aunque ya domina la mayoría de que en el foro se presenta . Tiene una voluntad de servicio y deseo de aprendizaje, además de que prefiere exponer una duda y aclararla hasta sentirse segura...... precisamente para no perjudicar a sus clientes actuales y futuros.
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13 años 8 meses antes #86287
por gipol
Respuesta de gipol sobre el tema Re: DEDUCCION COMPRA DE AUTOMOVIL A CREDITO
Muchas gracias por tus comentarios
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13 años 8 meses antes #86288
por gipol
Respuesta de gipol sobre el tema Re: DEDUCCION COMPRA DE AUTOMOVIL A CREDITO
Muchas gracias por tus comentarios , saludos
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13 años 8 meses antes #86289
por gipol
Respuesta de gipol sobre el tema Re: DEDUCCION COMPRA DE AUTOMOVIL A CREDITO
Muchas gracias , me queda claro ahora mis dudas, les agradezco mucho a todos el tiempo para ayudarme.
El siguiente usuario dijo gracias: Miriam17
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13 años 8 meses antes #86300
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Ya dijo Gracias, que bueno!!!
Lo bueno es que la duda fue resuelta... lo bueno es que yo no fuí el primero en contestar, ya que me hubiera concretado a sugerirle descargar el material que se denomina, Activos Fijos, opciones de adquisición, trato contable y efecto tributario, y que se encuentra en la sección de descargas. Me parece que no recurrir al acervo cultural con que se cuenta en la página es cuasí criminal... Lo malo de que hayan dado las gracias es que resulta improbable el forista regrese y lea este comentario, por lo que no va a descargar el material en cuestión y se va a privar del mismo él y su contador.
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