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DEDUCCION DE ESPECIALIDAD

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13 años 1 mes antes - 13 años 1 mes antes #89344 por mariana diaz
hola! ojala me puedan ayudar, resulta que es un medico que va a estudiar una especialidad en el IMSS, la cual le va a costar 96,000 pesos,

Duda 1: Llame a orientacion del SAT, y me dicen que es NO deducible porque las deducciones de colegiatura son preescolar, primaria, etc. y los montos a deducir, con lo cual yo no estoy de acuerdo, porque no es una colegiatura como tal, yo lo estaba considerando como gasto necesario para su actividad profesional, pero ya me dejaron la duda los del SAT :S

Duda 2: Resulta que al parecer, en el IMSS no le van a dar factura, recibo, nada, por lo que pense hacerlo deducible (si es que fuera deducible) mediante estado de cta fiscal, peeero, recorde el monto de igual a menor a 50,000.

Se van a desaprovechar esos 96,000???? :(

Duda 3: Esta misma persona va a adquirir un seguro de responsabilidad civil en su profesion, es decir contra demandas, etc. es deducible este gasto? yo lo considero deducible, por la actividad profesional, pero quiza haya otra opinion diferente.

Gracias por su atencion!
Última Edición: 13 años 1 mes antes por mariana diaz. Razón: aumento de informacion

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13 años 1 mes antes #89345 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema DEDUCCION DE ESPECIALIDAD
Hola Mariana, bienvenida a esta tu casa fiscal.


" ... y me dicen que es NO deducible porque las deducciones de colegiatura son preescolar, primaria, etc. y los montos a deducir, con lo cual yo no estoy de acuerdo, porque no es una colegiatura como tal, yo lo estaba considerando como gasto necesario para su actividad profesional, pero ya me dejaron la duda los del SAT

ME DICEN ... FUNDAMENTOS ??? YO NO ESTOY DE ACUERDO ... FUNDAMENTOS ???? YO LO ESTABA CONSIDERANDO ... BAJO QUE ARGUMENTOS FISCALES SÓLIDOS ????? PORQUE GASTO NECESARIO ????, PUDIERA SER, PERO Y ... LOS FUNDAMENTOS ????

Desafortunadamente EN MATERIA FISCAL, DE PRIMER MOMENTO, no es valido FUNDAMENTAR LA APLICACIÓN DE LA NORMA EN " YO PIENSO, ME DICEN, YO NO ESTOY DE ACUERDO" ETC ETC ETC,

Hemos hecho varios análisis a través del TIEMPO, respecto de este tema y hemos concluido que ... CUESTIÓN DEQUE BUSQUES EN toppicos ANTERIORES Y CONCLUYAS TU ANÁLISIS FUNDAMENTADO Y ASÍ TOMES TU MEJOR DECISIÓN


Saludos

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13 años 1 mes antes #89346 por Miriam17
Respuesta de Miriam17 sobre el tema DEDUCCION DE ESPECIALIDAD
Hola Mariana:

Bienvenida al foro!!...para saber si son deducibles yo sugiero que veas el art.29 LISR
cumpliendo con los requisitos del art. 31 LISR y que no se encuentren en el art. 32 LISR


LISR
Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, salvo que se trate de donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria y que se otorguen en los siguientes casos:


Aquí te copie la primer fracción del art. 31

Como comentario el pago de fianza por responsabilidad civil del médico si lo considero deducible si cumple con los requisitos.


Saludos!!

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13 años 1 mes antes #89374 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema DEDUCCION DE ESPECIALIDAD
Mariana iniciaste un tópico por demás interesante, esperemos regreses a comentarnos tus conclusiones para ASÍ APRENDER TODOS

Saludos

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