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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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EXPEDICION DE 2 TIPOS DE FACTURAS EN 2013

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13 años 1 mes antes #89359 por Mialcala
Buen dia

Una persona expedía facturas con CBB desde Enero a Junio del 2013

Recientemente solicito Sellos Digitales para CFDI,

Pregunta, puede seguir expidiendo facturas con CBB, es decir expedir CBB y CFDI de manera simultanea?

Saludos

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13 años 1 mes antes #89424 por sosgtorreon
¿Motivo de la solicitud de sello para cfdi?, ¿Tipo de contribuyente?, ¿Nivel de ingresos del año anterior y del ejercicio actual?
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13 años 1 mes antes #89426 por Luikb
Estimado brother, sos.. andas filoso, filoso....

Siempre y cuando no rebase los limites establecidos es posible...
Es algo parecido a tener 2 o mas series...

Sin embargo no es lo idóneo, por el control que esto pudiera generar..

Saludos

Luis Morales
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13 años 1 mes antes #89428 por MISTICO


LA MISTICA

Por supuesto que puedes, recordemos que los CBB únicamente te servirán hasta el 31 de Diciembre del presente año, por lo que en este momento emitir de una manera u otra comprobantes te servirá para practicar la emisión de comprobantes electrónicos CFDI actualmente muchos contribuyente es exactamente lo que están haciendo, sobre todos aquellos que están recibiendo el AVISO DEL SAT QUE DICE.

XXXXXXX
En el Servicio de Administración Tributaria hemos identificado que actualmente emites comprobantes fiscales en papel con código de barras y que podrías estar percibiendo al año ingresos superiores a 250 mil pesos, por lo que te recordamos que a partir de 2014 debes utilizar el esquema de Comprobante Fiscal Digital a través de Internet para la emisión de tus facturas electrónicas.

Para facturar electrónicamente, además de tu Firma Electrónica, requieres tramitar un certificado de sello digital y utilizar el servicio gratuito de facturación que ofrece el SAT o escoger entre cualquiera de los Proveedores Autorizados de Certificación que se pueden localizar en el Portal de Internet del SAT.
Puedes consultar mayor información sobre este tema en www.sat.gob.mx o llama al 01 800 INFOSAT
(46 36 728).
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13 años 1 mes antes #89447 por CPHugoocejo
- Amen de validar el monto señalado.........no hay tal prohibición, pero creo que ya debes ir por uno solo, el CFDI....pues la linea marcada por el SAT ya inicio desde hace tiempo cuenta regresiva.

saludos
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