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Pagos Provisionales
- rola01
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12 años 11 meses antes #90006
por rola01
Pagos Provisionales Publicado por rola01
Buenas noches a todos los compañeros del foro, estamos haciendo una regularización de un cliente persona moral, en el ejercicio 2011 nos da una coeficiente de utilidad el cual aplicamos al siguiente(2012) pero al aplicar este cada mes al final del 2012 y haciendo el calculo anual de ese año no da pagos provisionales en exceso, ya que los pagos provisionales son pagos a cuenta del impuesto anual, podemos sacar un coeficiente en base a los datos que tenemos del 2012 para hacer los pagos provisionales de este mismo año y que no tengamos exceso de pagos? 
Saludos a todos.
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12 años 11 meses antes #90051
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Pagos Provisionales
No, lamentablemente no esta en posibilidad de realizar lo que comenta. No al menos en forma legal y con apego a legislación alguna. La reducción de pagos provisionales es posible para el segundo semestre de cada ejercicio, pero por los tiempos y plazos ya NO tienen posibilidad de hacerlo para 2012.
Queda la posibilidad de hacer una mexicanada y forzar los datos que ingreses al DyP para que te arroje lo que pretendes, pero lo hagas como lo hagas NO hay sustento legal que te valide. Por lo que simplemente han de ser consientes del riesgo que manipular la información arroja.
Queda la posibilidad de hacer una mexicanada y forzar los datos que ingreses al DyP para que te arroje lo que pretendes, pero lo hagas como lo hagas NO hay sustento legal que te valide. Por lo que simplemente han de ser consientes del riesgo que manipular la información arroja.
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12 años 11 meses antes #90069
por Rickardo
Respuesta de Rickardo sobre el tema Pagos Provisionales
Te comento lo siguiente, en alguna ocacion encontrandome en una situacion similar lo que se hizo con el contribuyente fue lo siguiente, como ya tienes toda la historia completa del año en cuestion, pagos provionales y el resultado de la anual, lo que se hizo fue ajustar los pagos provisiones de la manera que tu pretendes, es decir que los PP coincidan a fin de año con el resultado del calculo anual.
El razonamiento o mecanica fue el siguiente:
a) Calcula pagos provisionales de acuerdo a tu coeficiente de utilidad (El real).
b) Calcula la actualizacion y los recargos por el daño que le causaste al fisco, en base a las cantidades obtenidas en el punto anterior.
c) Al momento de hacer el Pago provisional, paga solo el impuesto de manera que coincida con el impuesto anual, pero paga el total de la actualizacion y recargos de acuerdo con el punto b).
Asi se hizo e incluso lo revisaron autoridades del sat, y depsues de analizarlo no le pusieron objecion, pero como lo comenta "sosgtorreon" son practicas que no tienen ningun sustento legal, pero que en caso de revision puedes someter a la autoridad con alta probabilidades de que te lo pase, ya que en su momento resarciste a la autoridad por el daño causado, al hacer los pagos de manera extemporanea.
El razonamiento o mecanica fue el siguiente:
a) Calcula pagos provisionales de acuerdo a tu coeficiente de utilidad (El real).
b) Calcula la actualizacion y los recargos por el daño que le causaste al fisco, en base a las cantidades obtenidas en el punto anterior.
c) Al momento de hacer el Pago provisional, paga solo el impuesto de manera que coincida con el impuesto anual, pero paga el total de la actualizacion y recargos de acuerdo con el punto b).
Asi se hizo e incluso lo revisaron autoridades del sat, y depsues de analizarlo no le pusieron objecion, pero como lo comenta "sosgtorreon" son practicas que no tienen ningun sustento legal, pero que en caso de revision puedes someter a la autoridad con alta probabilidades de que te lo pase, ya que en su momento resarciste a la autoridad por el daño causado, al hacer los pagos de manera extemporanea.
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12 años 11 meses antes #90149
por rola01
Respuesta de rola01 sobre el tema Pagos Provisionales
Gracias por sus comentarios compañeros y si estuve checando sustento legal y no lo hay, verifique con gente del sat y me dices que aplique cantidades pagadas de mas en compensaciones futuras, pero lo que implica es el desembolso por parte del cliente, y si como dices sosgtorreon, ya con el DyP como ajustas la información, pues como con el anterior sistema si se podía dado que enterabas la cantidad total de impuesto y no la determinación de este, Rikardo el DyP ya te da los recargos automáticos cuando es pago extemporáneo como ajustar la base ya que no te daría con el total anual....., bueno gracias por los puntos de vista, lo hacemos como marca la ley.
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