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Actualizacion de Obligaciones PF
- jorgenaz15
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12 años 11 meses antes #90282
por jorgenaz15
Actualizacion de Obligaciones PF Publicado por jorgenaz15
Buenas tardes Colegas.
Quisiera ver si me pudieran apoyar con el siguiente tema respecto al aumento de obligaciones de una PF que tiene como régimen de ingresos por dividendos (socios y accionistas).
El caso es el siguiente:
Esta PF esta acondicionando un local para poner una florería, pero ya tiene desde el mes de Mayo que esta realizando gastos por estudios de mercado y proyectos, pero tiene pensando apertura en el mes de Noviembre, ahorita esta en trabajos de remodelación del local comercial y las facturas de sus proveedores las tiene con el domicilio particular, que ahorita por el momento es el fiscal. Pero en cuanto apertura el local el fiscal seria este.
Además de que esta solicitando financiamiento para compra de un automóvil, y en la agencia le piden su cedula fiscal, y necesito realizarle la actualización de obligaciones, pero no tengo idea de cual fecha tomar.
Que me pueden sugerir.
ALTA como Actividad Empresarial des el mes de Mayo que fue cuando empezó a realizar los gastos para poner su negocio?
ALTA en cuanto firmo el contrato de arrendamiento del local, este fue en el mes de Agosto, y mencionar en la actualización de obligaciones que se esta aperturando un establecimiento. y en cuanto se tenga el comprobante de domicilio realizar el cambio de domicilio fiscal?
Me urge realizar este movimiento.
Les agradezco sus comentarios
Saludos
Quisiera ver si me pudieran apoyar con el siguiente tema respecto al aumento de obligaciones de una PF que tiene como régimen de ingresos por dividendos (socios y accionistas).
El caso es el siguiente:
Esta PF esta acondicionando un local para poner una florería, pero ya tiene desde el mes de Mayo que esta realizando gastos por estudios de mercado y proyectos, pero tiene pensando apertura en el mes de Noviembre, ahorita esta en trabajos de remodelación del local comercial y las facturas de sus proveedores las tiene con el domicilio particular, que ahorita por el momento es el fiscal. Pero en cuanto apertura el local el fiscal seria este.
Además de que esta solicitando financiamiento para compra de un automóvil, y en la agencia le piden su cedula fiscal, y necesito realizarle la actualización de obligaciones, pero no tengo idea de cual fecha tomar.
Que me pueden sugerir.
ALTA como Actividad Empresarial des el mes de Mayo que fue cuando empezó a realizar los gastos para poner su negocio?
ALTA en cuanto firmo el contrato de arrendamiento del local, este fue en el mes de Agosto, y mencionar en la actualización de obligaciones que se esta aperturando un establecimiento. y en cuanto se tenga el comprobante de domicilio realizar el cambio de domicilio fiscal?
Me urge realizar este movimiento.
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- a_cano
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12 años 11 meses antes #90283
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Actualizacion de Obligaciones PF
Buena noche:
Considero, para poder deducir fiscalmente dichas erogaciones, es necesario que éstas sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos por los que se está obligado al pago de este impuesto en los términos de esta Sección (artículo 125, fracción II, de la LISR).
Entonces, el automóvil que pretende adquirir, ¿Será estrictamente indispensable para la obtención de los ingresos?
Además, que hayan sido erogadas a partir de la fecha en que tribute en el régimen elegido, cumpliendo con los requisitos del artículo 31, fracción III, de la LISR., de otra manera, no se les podría dar efectos fiscales.
Saludos
Considero, para poder deducir fiscalmente dichas erogaciones, es necesario que éstas sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos por los que se está obligado al pago de este impuesto en los términos de esta Sección (artículo 125, fracción II, de la LISR).
Entonces, el automóvil que pretende adquirir, ¿Será estrictamente indispensable para la obtención de los ingresos?
Además, que hayan sido erogadas a partir de la fecha en que tribute en el régimen elegido, cumpliendo con los requisitos del artículo 31, fracción III, de la LISR., de otra manera, no se les podría dar efectos fiscales.
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- Gealram
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12 años 11 meses antes - 12 años 11 meses antes #90285
por Gealram
¡SE FELIZ!!, Libera tu corazón de odios, Tu mente de preocupaciones, Vive sencillamente, Da mas espera menos y Ten esperanza siempre.
Respuesta de Gealram sobre el tema Actualizacion de Obligaciones PF
Reglamento del Código Fiscal de la Federación
SECCIÓN II
De los Avisos al Registro Federal de Contribuyentes
Artículo 25.- Para los efectos del artículo 27 del Código, las personas físicas o morales presentarán, en su caso, los avisos siguientes:
....
VII. Actualización de actividades económicas y obligaciones;
....
Los avisos a que se refiere este artículo se deberán presentar dentro del mes siguiente a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive, previo a la presentación de cualquier trámite que deba realizarse ante el Servicio de Administración Tributaria, con excepción de los avisos señalados en las fracciones X, XIV y XVII de este artículo, los cuales se presentarán en términos del artículo 26, fracciones VII, XI y XIV de este Reglamento.
De aquí se desprende que únicamente tienes un mes atrás para hacer el cambio de obligaciones. Incluso creo que en el Portal, no te respeta eso del mes, te registra la fecha en que haces la captura del movimiento.
Entonces los gastos realizados con anterioridad, serían no deducibles, salvo que algún compañero opine lo contrario.
Saludos
SECCIÓN II
De los Avisos al Registro Federal de Contribuyentes
Artículo 25.- Para los efectos del artículo 27 del Código, las personas físicas o morales presentarán, en su caso, los avisos siguientes:
....
VII. Actualización de actividades económicas y obligaciones;
....
Los avisos a que se refiere este artículo se deberán presentar dentro del mes siguiente a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive, previo a la presentación de cualquier trámite que deba realizarse ante el Servicio de Administración Tributaria, con excepción de los avisos señalados en las fracciones X, XIV y XVII de este artículo, los cuales se presentarán en términos del artículo 26, fracciones VII, XI y XIV de este Reglamento.
De aquí se desprende que únicamente tienes un mes atrás para hacer el cambio de obligaciones. Incluso creo que en el Portal, no te respeta eso del mes, te registra la fecha en que haces la captura del movimiento.
Entonces los gastos realizados con anterioridad, serían no deducibles, salvo que algún compañero opine lo contrario.
Saludos
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Última Edición: 12 años 11 meses antes por Gealram. Razón: Adicionar ultimo renglón
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