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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Eliminacion de la leyenda de no identificado

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12 años 7 meses antes #92442 por sosgtorreon

Alcala escribió: Hola considero que al no ser requisito anotar los últimos 4 dígitos de la cuenta bancaria, es independiente lo que se plasme en ese campo que traen las plataformas, si el sistema no permite dejar en blanco ese campo, se tendrá que poner algún dato, yo en lo personal he puesto la leyenda de NO IDENTIFICADO, no pasa nada si se pone o no, ya que no es requisito.

Mientras se cumple con cada requisito que menciona el 29-A, podre deducirlo o acreditarlo conforme a su ultimo ´párrafo, vaya cualquier dato adicional que se ponga no afecta.


Saludos.


Voy de acuerdo contigo Alcala, la lógica y hasta las disposiciones fiscales en vigor respaldan lo dicho y argumentado, pero... el problema no soy yo, ni mi cliente... el problema es que el cliente de mi cliente lo acepte... No es en el caso una empresa pequeña la que lo exige, es una empresa con presencia nacional e internacional, de una capacidad administrativa envidiable, pero lo malo es que el gerente de fiscal de dicha empresa ha girado instrucciones que se acatan a rajatabla y háganle como puedan... pero o es como ellos dicen o no hay pago... así de simple. Ya se les entrego por escrito los argumentos y fundamentos, que para acabarla son los mismos de las dos partes, pero con la bronca que la plataforma no lo admite en blanco... y su carta comunicado señala, SIN ANIOTACION ALGUNA... por lo tanto si le ponen 0000 o 1234 no reciben el comprobante, no lo programan para pago... En fin, esos casos en los que ambas partes tienen la razón, pero que ninguno lo entiende.

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12 años 7 meses antes #92453 por Gealram
Como diría Lobo.

....uto desmadre!!!

El frio que hace aqui en Toluca, me cai que no me cala, con lo caliente que estoy!!!

Seguimos en la batalla!!

¡SE FELIZ!!, Libera tu corazón de odios, Tu mente de preocupaciones, Vive sencillamente, Da mas espera menos y Ten esperanza siempre.

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12 años 7 meses antes #92456 por mpcweb2
Amigos del Foro Buenas noches, aunque ya casi es madrugada, en el portal del SAT con fecha 15 de enero publica proyecto de 1a Resolución de modificaciones a Resolucion miscelánea para 2014, entre otras ahí precisa en el punto I 2.7.1.26 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS EN LA EXPEDICION DE COMPROBANTES FISCALES. paso la liga:
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servici..._1RMRMF_15012014.pdf

Saludos

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12 años 7 meses antes - 12 años 7 meses antes #92458 por LOBOZAC
Jajajajaja, empieza el "cambiadero" fiscal y para acabarla, pendiente de publicar en dof, no pueeeeeede, no pueeeeeede ... El sat, no pueeeedeeee

GRACIAS POR LA INFORMACION
Última Edición: 12 años 7 meses antes por LOBOZAC.

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12 años 7 meses antes #92460 por MIAraceli
Gracias por el dato ;)

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12 años 7 meses antes #92462 por kmorales

mpcweb2 escribió: Amigos del Foro Buenas noches, aunque ya casi es madrugada, en el portal del SAT con fecha 15 de enero publica proyecto de 1a Resolución de modificaciones a Resolucion miscelánea para 2014, entre otras ahí precisa en el punto I 2.7.1.26 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS EN LA EXPEDICION DE COMPROBANTES FISCALES. paso la liga:
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servici..._1RMRMF_15012014.pdf

Saludos


estoy tratando de bajar directo del SAT este archivo y no lo baja, creo es el servidor del SAT...
alguien lo podra compartir por favor ?
gracias

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