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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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RIF... A USAR SUS PROGRAMAS !!!!!!
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12 años 7 meses antes - 12 años 7 meses antes #92466
por LOBOZAC
RIF... A USAR SUS PROGRAMAS !!!!!! Publicado por LOBOZAC
REGLA ACTUAL, ... DIFERIDA A JULIO
Sistema de registro fiscal
I.2.8.2. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal, así como el resto de las personas físicas, podrán ingresar a la aplicación electrónica “Sistema de Registro Fiscal”, disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña.
Una vez que se haya ingresado a la aplicación, los contribuyentes capturarán los datos correspondientes a sus ingresos y gastos, teniendo la opción de emitir los comprobantes fiscales respectivos en la misma aplicación.
En dicha aplicación podrán consultarse tanto la relación de ingresos y gastos capturados, como los comprobantes fiscales emitidos por este y otros medios.
Los contribuyentes que presenten sus registros o asientos contables bajo este esquema, podrán utilizar dicha información a efecto de realizar la integración y presentación de su declaración.
Con excepción de los contribuyentes sujetos al RIF, las personas físicas que cuenten con un sistema contable electrónico, podrán optar por llevar su contabilidad a través del mismo, siempre que cumplan con lo señalado en la regla II.2.8.2.
CFF 28, RMF 2014 II.2.8.2.
REGLA PENDIENTE DE PUBLICAR ... PARA SER DEROGADO ESE PARRAFO
Sistema de registro fiscal
I.2.8.2. …………………………………..
Quinto párrafo (Se deroga)
CFF 28
CON ESTO AL HACERSE OFICIAL EN DOF, RIF´S PODRÁN UTILIZAR SUS SISTEMAS ELECTRÓNICOS, OBVIO ES QUE CUMPLIENDO CON LOS REQUISITOS DE CÓDIGO Y REGLAMENTO, EN ESENCIA ESTA LA POSIBILIDAD DE CONTABILIZAR SIMPLIFICADAMENTE
SALUDOS
Sistema de registro fiscal
I.2.8.2. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal, así como el resto de las personas físicas, podrán ingresar a la aplicación electrónica “Sistema de Registro Fiscal”, disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña.
Una vez que se haya ingresado a la aplicación, los contribuyentes capturarán los datos correspondientes a sus ingresos y gastos, teniendo la opción de emitir los comprobantes fiscales respectivos en la misma aplicación.
En dicha aplicación podrán consultarse tanto la relación de ingresos y gastos capturados, como los comprobantes fiscales emitidos por este y otros medios.
Los contribuyentes que presenten sus registros o asientos contables bajo este esquema, podrán utilizar dicha información a efecto de realizar la integración y presentación de su declaración.
Con excepción de los contribuyentes sujetos al RIF, las personas físicas que cuenten con un sistema contable electrónico, podrán optar por llevar su contabilidad a través del mismo, siempre que cumplan con lo señalado en la regla II.2.8.2.
CFF 28, RMF 2014 II.2.8.2.
REGLA PENDIENTE DE PUBLICAR ... PARA SER DEROGADO ESE PARRAFO
Sistema de registro fiscal
I.2.8.2. …………………………………..
Quinto párrafo (Se deroga)
CFF 28
CON ESTO AL HACERSE OFICIAL EN DOF, RIF´S PODRÁN UTILIZAR SUS SISTEMAS ELECTRÓNICOS, OBVIO ES QUE CUMPLIENDO CON LOS REQUISITOS DE CÓDIGO Y REGLAMENTO, EN ESENCIA ESTA LA POSIBILIDAD DE CONTABILIZAR SIMPLIFICADAMENTE
SALUDOS
Última Edición: 12 años 7 meses antes por LOBOZAC.
El siguiente usuario dijo gracias: Oscarin946
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12 años 7 meses antes #92470
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema RIF... A USAR SUS PROGRAMAS !!!!!!
o PODRÁN, SOLO SI QUIEREN, UTILIZAR EL PROGRAMITA DE REGISTRO FISCAL DEL SAT, ... PERO AGUAS, NO SE PONGAN DE PECHITO, NO PONGAN LA IGLESIA EN MANOS DE LUTERO !!!!!! ...
SALUDOS
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- neto_2025
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12 años 7 meses antes #92472
por neto_2025
Respuesta de neto_2025 sobre el tema RIF... A USAR SUS PROGRAMAS !!!!!!
Entonces ¿la puedo llevar en Excel como lo hacía antes? y ¿cómo se daría por cumplida la obligación de la DIOT al no utilizar el programa de registro fiscal del SAT? gracias
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- Miriam17
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12 años 7 meses antes #92473
por Miriam17
Respuesta de Miriam17 sobre el tema RIF... A USAR SUS PROGRAMAS !!!!!!
Interesante, gracias
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12 años 7 meses antes #92477
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema RIF... A USAR SUS PROGRAMAS !!!!!!
Entonces ¿la puedo llevar en Excel como lo hacía antes? y ¿cómo se daría por cumplida la obligación de la DIOT al no utilizar el programa de registro fiscal del SAT? gracias
COMO CREES QUE PUEDA SER ? ... DE LO QUE HAS LEÍDO EN EL GRAN UNIVERSO DE MODIFICACIONES FISCALES EN BOGA, COMO CREES QUE SERIA ? ... PLASMA LA REGLA, ARTICULO, DECRETO ETC ETC ETC AQUI Y CON GUSTO TE AYUDAMOS A ENTENDERLO
SALUDOS
COMO CREES QUE PUEDA SER ? ... DE LO QUE HAS LEÍDO EN EL GRAN UNIVERSO DE MODIFICACIONES FISCALES EN BOGA, COMO CREES QUE SERIA ? ... PLASMA LA REGLA, ARTICULO, DECRETO ETC ETC ETC AQUI Y CON GUSTO TE AYUDAMOS A ENTENDERLO
SALUDOS
El siguiente usuario dijo gracias: cristhina_09
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12 años 7 meses antes #92479
por cristhina_09
Respuesta de cristhina_09 sobre el tema RIF... A USAR SUS PROGRAMAS !!!!!!
Estimadisimo Lobozac, buenos dias
Muchisimas gracias por el aporte. En cuanto a la forma de llevar contabilidad, pues quedaría como establece código, con todas las formalidades, lo que se va a derogar únicamente es lo del registro fiscal mas no como debe ser la contabilidad, estoy en lo correcto?
En cuanto a la diot, si la tenemos que presentar, esa obligacion viene marcada en LIVA, es correcto?
Saludosss!!
Muchisimas gracias por el aporte. En cuanto a la forma de llevar contabilidad, pues quedaría como establece código, con todas las formalidades, lo que se va a derogar únicamente es lo del registro fiscal mas no como debe ser la contabilidad, estoy en lo correcto?
En cuanto a la diot, si la tenemos que presentar, esa obligacion viene marcada en LIVA, es correcto?
Saludosss!!
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