- Mensajes: 38
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
COMPL EN PAGO REFERENCIADO OMISION IVA RETENIDO
- Lla.com
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Junior Boarder
-
Menos
Más
12 años 7 meses antes #92565
por Lla.com
Buen día.
Se me complico la captura en el pago referenciado, omití o mas bien en su momento no supe donde poner el importe de que una S.C. le retuvo a una P.F., pago de honorarios. Esto en el apartado de Determinación al IVA. (Gravado- Acreditable). Acredite al 100%.
Buscando, ya que no quede conforme encontré esto: "Como se podrá apreciar, en el servicio de pago referenciado No se puede disminuir del IVA trasladado al contribuyente, aquel que no es acreditable por las retenciones efectuadas en el mes"... "En el caso del IVA no acreditable por las retenciones efectuadas en el mes anterior se considerara en el campo "otras cantidades a cargo del contribuyente".. Lo cual no hice, por lo tanto ese importe esta pendiente de pago.
En el apartado de IVA retenciones SI se pagaron.
Bueno, pues reconozco mi error, lo comunique al cliente, recibí mi fuerte llamada de atención ya que esta SC solo tubo esta operación y no hay saldo para el pago de la diferencia.
Tengo que darle solución y pues ya he buscando algunas opciones, pero la verdad ya estoy confundida, por si alguien pudiera apoyarme.
Opcion 1:
De ejercicios anteriores hay un pago de retenciones de IVA generada en dic de 2008, pagada el 12 de enero de 2009, el cual no se a acreditado. Leí y con fundamento en los artículos 22 antepenúltimo párrafo y el 146 del CFF. De acuerdo a las fechas, no se si este saldo de IVA ya prescribió. Por la fecha de pago no se si ya se venció o si tengo alguna oportunidad de acreditarlo. Considerando si este saldo tendría alguna facilidad al considerar el sexto dígito numérico del RFC. No se si esta opción sea "jugarle al mago", pero bueno ese saldo si esta enterado.
Opcion 2:
(una disculpa por si en mi desesperación, planteo algo "aberrante")
El gasto se realizo en noviembre, el entero de la retención se efectuó el 19 de dic de 2013. Para corregir la declaración de Noviembre en el IVA propio, ¿puedo compensar con el saldo de Iva acreditable ya enterado?
Les agradezco sus comentarios.
COMPL EN PAGO REFERENCIADO OMISION IVA RETENIDO Publicado por Lla.com
Se me complico la captura en el pago referenciado, omití o mas bien en su momento no supe donde poner el importe de que una S.C. le retuvo a una P.F., pago de honorarios. Esto en el apartado de Determinación al IVA. (Gravado- Acreditable). Acredite al 100%.
Buscando, ya que no quede conforme encontré esto: "Como se podrá apreciar, en el servicio de pago referenciado No se puede disminuir del IVA trasladado al contribuyente, aquel que no es acreditable por las retenciones efectuadas en el mes"... "En el caso del IVA no acreditable por las retenciones efectuadas en el mes anterior se considerara en el campo "otras cantidades a cargo del contribuyente".. Lo cual no hice, por lo tanto ese importe esta pendiente de pago.
En el apartado de IVA retenciones SI se pagaron.
Bueno, pues reconozco mi error, lo comunique al cliente, recibí mi fuerte llamada de atención ya que esta SC solo tubo esta operación y no hay saldo para el pago de la diferencia.
Tengo que darle solución y pues ya he buscando algunas opciones, pero la verdad ya estoy confundida, por si alguien pudiera apoyarme.
Opcion 1:
De ejercicios anteriores hay un pago de retenciones de IVA generada en dic de 2008, pagada el 12 de enero de 2009, el cual no se a acreditado. Leí y con fundamento en los artículos 22 antepenúltimo párrafo y el 146 del CFF. De acuerdo a las fechas, no se si este saldo de IVA ya prescribió. Por la fecha de pago no se si ya se venció o si tengo alguna oportunidad de acreditarlo. Considerando si este saldo tendría alguna facilidad al considerar el sexto dígito numérico del RFC. No se si esta opción sea "jugarle al mago", pero bueno ese saldo si esta enterado.
Opcion 2:
(una disculpa por si en mi desesperación, planteo algo "aberrante")
El gasto se realizo en noviembre, el entero de la retención se efectuó el 19 de dic de 2013. Para corregir la declaración de Noviembre en el IVA propio, ¿puedo compensar con el saldo de Iva acreditable ya enterado?
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- LUISCERVERA
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 300
- Gracias recibidas: 0
12 años 7 meses antes #92582
por LUISCERVERA
Respuesta de LUISCERVERA sobre el tema COMPL EN PAGO REFERENCIADO OMISION IVA RETENIDO
Un poco complicada la redacción, a lo mejor con un ejemplo con números se entendería mejor.
En cuanto a lo que planteas del iva retenido y pagado en el mes siguiente de 2008 éste se debió acreditar en el mes en que se enteró efectivamente, la única opción es el acreditamiento pudiendo éste dar un saldo a favor en el período en que se aplique
ya que los pagos en IVA son definitivos.
Saludos!!
En cuanto a lo que planteas del iva retenido y pagado en el mes siguiente de 2008 éste se debió acreditar en el mes en que se enteró efectivamente, la única opción es el acreditamiento pudiendo éste dar un saldo a favor en el período en que se aplique
ya que los pagos en IVA son definitivos.
Saludos!!
El siguiente usuario dijo gracias: Lla.com
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Lla.com
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Junior Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 38
- Gracias recibidas: 0
12 años 7 meses antes #92583
por Lla.com
Respuesta de Lla.com sobre el tema COMPL EN PAGO REFERENCIADO OMISION IVA RETENIDO
Entiendo, ejemplo:
Nov 2013 Normal
Saldo a cargo 2000.00
Iva acreditable 1000.00 (debiendo ser 500)
Impuesto a cargo 1000.00 (debiendo ser 1500)
Iva retenciones de Noviembre 2013: 500, pagadas el 19 de dic 2013
Complementaria Noviembre
Saldo a Cargo 2000.00
Iva acreditable 500,00
Impuesto a cargo 1500.00
Monto pag anterioridad 1000
Diferencia a cargo 500. pendiente de pago.
Ahora el 12 de enero de 2009 se efectué el pago de las retenciones del mes de diciembre
Iva retenciones dic 2008: 600. (tasa del 15%)
Por tu comentario este importe en Enero de 2009 se convierte en IVA ACREDITABLE, saldo a esa fecha 5000.
Ingresos Enero 2009 por 2000,00
Iva causado 300
Iva acreditable a enero de 2009 (saldo) 5,000.00
iva a cargo 0
El iva de ese periodo se informa en aviso en ceros, concepto "iva acreditable fue igual al iva causado"
Ahora en el sistema de pago referenciado, pide los datos de donde se origina el acreditamiento, Folio, fecha, tipo de declaracion.
¿El pago efectuado en enero puedo acreditarlo (disminuirlo) de mi diferencia a cargo en mi complementaria de noviembre 2013?
Espero no confundir mas, de antemano gracias.
Nov 2013 Normal
Saldo a cargo 2000.00
Iva acreditable 1000.00 (debiendo ser 500)
Impuesto a cargo 1000.00 (debiendo ser 1500)
Iva retenciones de Noviembre 2013: 500, pagadas el 19 de dic 2013
Complementaria Noviembre
Saldo a Cargo 2000.00
Iva acreditable 500,00
Impuesto a cargo 1500.00
Monto pag anterioridad 1000
Diferencia a cargo 500. pendiente de pago.
Ahora el 12 de enero de 2009 se efectué el pago de las retenciones del mes de diciembre
Iva retenciones dic 2008: 600. (tasa del 15%)
Por tu comentario este importe en Enero de 2009 se convierte en IVA ACREDITABLE, saldo a esa fecha 5000.
Ingresos Enero 2009 por 2000,00
Iva causado 300
Iva acreditable a enero de 2009 (saldo) 5,000.00
iva a cargo 0
El iva de ese periodo se informa en aviso en ceros, concepto "iva acreditable fue igual al iva causado"
Ahora en el sistema de pago referenciado, pide los datos de donde se origina el acreditamiento, Folio, fecha, tipo de declaracion.
¿El pago efectuado en enero puedo acreditarlo (disminuirlo) de mi diferencia a cargo en mi complementaria de noviembre 2013?
Espero no confundir mas, de antemano gracias.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Lla.com
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Junior Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 38
- Gracias recibidas: 0
12 años 7 meses antes #92585
por Lla.com
Respuesta de Lla.com sobre el tema COMPL EN PAGO REFERENCIADO OMISION IVA RETENIDO
Adicional:
en enero de 2009 fueron los ultimos ingresos registrados, de nuevo tiene ingresos en noviembre de 2013.
por lo cual ese IVA enterado esta integrado en el saldo de iva acreditable.
Gracias.
en enero de 2009 fueron los ultimos ingresos registrados, de nuevo tiene ingresos en noviembre de 2013.
por lo cual ese IVA enterado esta integrado en el saldo de iva acreditable.
Gracias.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- LUISCERVERA
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 300
- Gracias recibidas: 0
12 años 7 meses antes #92593
por LUISCERVERA
Respuesta de LUISCERVERA sobre el tema COMPL EN PAGO REFERENCIADO OMISION IVA RETENIDO
Según los datos que nos proporcionas en Enero 2009 tendrías un saldo a favor por 4,700 el cuál debes plasmar en una declaración con numero de operación cadena etc.
De ésa manera podrás acreditar ése saldo ó compensarlo contra otras contribuciones en su caso vía compensación universal.
Lo que planteas sobre presentar una estadística en ceros no es correcto.
recuerda que el IVA se calcula mes a mes de manera definitiva, es decir que cada período tiene principio y fin no se acumulan.
espero haberte ayudado.
Saludos!!
De ésa manera podrás acreditar ése saldo ó compensarlo contra otras contribuciones en su caso vía compensación universal.
Lo que planteas sobre presentar una estadística en ceros no es correcto.
recuerda que el IVA se calcula mes a mes de manera definitiva, es decir que cada período tiene principio y fin no se acumulan.
espero haberte ayudado.
Saludos!!
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- LUISCERVERA
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 300
- Gracias recibidas: 0
12 años 7 meses antes #92594
por LUISCERVERA
Respuesta de LUISCERVERA sobre el tema COMPL EN PAGO REFERENCIADO OMISION IVA RETENIDO
Buscando, ya que no quede conforme encontré esto: "Como se podrá apreciar, en el servicio de pago referenciado No se puede disminuir del IVA trasladado al contribuyente, aquel que no es acreditable por las retenciones efectuadas en el mes"... "En el caso del IVA no acreditable por las retenciones efectuadas en el mes anterior se considerara en el campo "otras cantidades a cargo del contribuyente"..
Éste texto donde lo encuentro? tendras la liga??
gracias !!
Éste texto donde lo encuentro? tendras la liga??
gracias !!
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Tiempo de carga de la página: 0.545 segundos