- Mensajes: 32
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
IVA CHOCOLATE (POLVO Y BARRAS), TASCALATE, PINOLE?
- exxiliado2004
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Junior Boarder
-
Menos
Más
12 años 7 meses antes #93451
por exxiliado2004
Buenas tardes foristas.
Tengo la siguiente duda existencial...Tengo un nuevo cliente, está registrado ante el SAT Rég. Intermedio (2013), tiene como actividad Siembra, cultivo y cosecha de otras semillas oleaginosas. Como obligaciones respectivas únicamente Dec. Anual de ISR para informar de sus ingresos así como, las informativas de clientes y proveedores.
Ahora bien, su actividad en sí es la cosecha de cacao, pero a su vez el la vende en polvo y barra en sus respectivos empaques y presentaciones. De igual modo vende tascalate polvo (bebida típica chiapaneca de maíz, cacao, piñón, canela, azúcar) así como pinole (otra bebida típica parecida al tascalate pero sin cacao). Analizando el asunto, me remito a la LIVA, LIEPS, LISR y veo que para efectos de IVA e IEPS a mi entender sus productos son gravados (cosa que al 31/12/2013 él vendió sin IVA).
En su declaración anual 2011 sus ingresos los llevó todo como exentos tanto para ISR, IETU e IVA. Sin embargo tengo dudas en el sentido de que he visto varios comentarios por la red donde al chocolate no lo toman como gravado para IVA.
Estaré bien en mi interpretación, que opinión les merece esto? Saludos a todos!
Tengo la siguiente duda existencial...Tengo un nuevo cliente, está registrado ante el SAT Rég. Intermedio (2013), tiene como actividad Siembra, cultivo y cosecha de otras semillas oleaginosas. Como obligaciones respectivas únicamente Dec. Anual de ISR para informar de sus ingresos así como, las informativas de clientes y proveedores.
Ahora bien, su actividad en sí es la cosecha de cacao, pero a su vez el la vende en polvo y barra en sus respectivos empaques y presentaciones. De igual modo vende tascalate polvo (bebida típica chiapaneca de maíz, cacao, piñón, canela, azúcar) así como pinole (otra bebida típica parecida al tascalate pero sin cacao). Analizando el asunto, me remito a la LIVA, LIEPS, LISR y veo que para efectos de IVA e IEPS a mi entender sus productos son gravados (cosa que al 31/12/2013 él vendió sin IVA).
En su declaración anual 2011 sus ingresos los llevó todo como exentos tanto para ISR, IETU e IVA. Sin embargo tengo dudas en el sentido de que he visto varios comentarios por la red donde al chocolate no lo toman como gravado para IVA.
Estaré bien en mi interpretación, que opinión les merece esto? Saludos a todos!
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Miriam17
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 605
- Gracias recibidas: 0
12 años 7 meses antes #93458
por Miriam17
Respuesta de Miriam17 sobre el tema IVA CHOCOLATE (POLVO Y BARRAS), TASCALATE, PINOLE?
Hola:
Buen día...sabes no tengo una respuesta a tu pregunta pero encontré esto, es un criterio interno del SAT
el 120/2013/IVA
Yo entiendo que si pudiera estar gravado al 0% para IVA, porque no la ves, y comentas? no puede copiar el criterio, porque
lo vi en mi cel.
Saludos
Buen día...sabes no tengo una respuesta a tu pregunta pero encontré esto, es un criterio interno del SAT
el 120/2013/IVA
Yo entiendo que si pudiera estar gravado al 0% para IVA, porque no la ves, y comentas? no puede copiar el criterio, porque
lo vi en mi cel.
Saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- sosgtorreon
- Fuera de línea
- Administrator
-
- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
Menos
Más
- Mensajes: 6964
- Gracias recibidas: 0
12 años 7 meses antes #93462
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema IVA CHOCOLATE (POLVO Y BARRAS), TASCALATE, PINOLE?
Este es el texto del Criterio que cita Miriam.
120/2013/IVA Productos destinados a la alimentación.
Para efectos de lo establecido en el artículo 2-A, fracción I, inciso b) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, se entiende por productos destinados a la alimentación, aquéllos que sin requerir transformación o industrialización adicional, se ingieren como tales por humanos o animales para su alimentación, aunque al prepararse por el consumidor final se cuezan o combinen con otros productos destinados a la alimentación.
La enajenación de los insumos o materias primas que se incorporen, dentro de un procedimiento de industrialización o transformación, a productos destinados a la alimentación, ha estado afecta a la tasa del 0% siempre que dichas materias primas o insumos se contemplen en la definición del párrafo anterior.
La enajenación de insumos o materias primas, tales como sustancias químicas, colorantes, aditivos o conservadores, que se incorporan al producto alimenticio, está afecta a la tasa general, salvo que se ubiquen en la definición del segundo párrafo de este criterio normativo.
120/2013/IVA Productos destinados a la alimentación.
Para efectos de lo establecido en el artículo 2-A, fracción I, inciso b) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, se entiende por productos destinados a la alimentación, aquéllos que sin requerir transformación o industrialización adicional, se ingieren como tales por humanos o animales para su alimentación, aunque al prepararse por el consumidor final se cuezan o combinen con otros productos destinados a la alimentación.
La enajenación de los insumos o materias primas que se incorporen, dentro de un procedimiento de industrialización o transformación, a productos destinados a la alimentación, ha estado afecta a la tasa del 0% siempre que dichas materias primas o insumos se contemplen en la definición del párrafo anterior.
La enajenación de insumos o materias primas, tales como sustancias químicas, colorantes, aditivos o conservadores, que se incorporan al producto alimenticio, está afecta a la tasa general, salvo que se ubiquen en la definición del segundo párrafo de este criterio normativo.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- sosgtorreon
- Fuera de línea
- Administrator
-
- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
Menos
Más
- Mensajes: 6964
- Gracias recibidas: 0
12 años 7 meses antes #93463
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema IVA CHOCOLATE (POLVO Y BARRAS), TASCALATE, PINOLE?
Comentar, su actividad es la siembra y comercialización del cacao EN ESTADO NATURAL, al menos eso es lo que me parece percibir. Luego entonces, debe quedar afecto al cero por ciento. Pero a mi no me crean, mejor revisar en LIVA y el reglamento. No recuerdo si hay cambios pero sugiero la lectura del 2A fracción I de LIVA y 6 de RLIVA.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Miriam17
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 605
- Gracias recibidas: 0
12 años 7 meses antes #93470
por Miriam17
Respuesta de Miriam17 sobre el tema IVA CHOCOLATE (POLVO Y BARRAS), TASCALATE, PINOLE?
Gracias Sosgtorreón, por copiar el criterio, sabes también había leído la Ley y el reglamento de los artículos que comentas, y no me queda claro, por eso me fui al criterio, pero como tu comentas me pareciera a mi también que pudiera quedar en el 0% pero aquí faltaría saber que procesos necesita para sus productos finales, ojalá nos pudieras comentar, a que conclusión llegas compañero porque al menos para mí es interesante tu pregunta.
Saludos
Saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- sosgtorreon
- Fuera de línea
- Administrator
-
- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
Menos
Más
- Mensajes: 6964
- Gracias recibidas: 0
12 años 7 meses antes #93565
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema IVA CHOCOLATE (POLVO Y BARRAS), TASCALATE, PINOLE?
Espero que el compañero no se vaya a auto exiliar, porque me quedaría con la duda de si vende en estado natural o no... ya de por si me quede con las ganas del chocolate...
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Tiempo de carga de la página: 1.150 segundos