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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Deducibilidad de CFDI emitido en el portal del SAT

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12 años 7 meses antes #93485 por neto_2025
totalmente de acuerdo es deducible. Por cierto dicen personal del sat que en el sistema "mis cuentas" en el apartado de gastos hay que poner solamente los CBB y CFD ya que los CFDI ya los tienen en su base de datos lo que me parece razonable. Ahora la pregunta es llevaremos la contabilidad ahí sí está lentisima la página ?

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12 años 7 meses antes #93495 por Miriam17
Hola:

Buen día, estoy de acuerdo contigo Alcalá en cuanto a lo que fundamentas, aunque para mi si ofrece sustento legal el fundamento que cita muy atinadamente Albertoarma, es lo que pudiera citar la Contadora que inició el post, para que le acepten las facturas sus clientes.

Sabemos que la ley nos indica los requisitos, pero las reglas pueden otorgar beneficios a los contribuyentes.

Saludos y gracias Albertoarma, por el fundamento yo solo tomaba en cuenta el que cite.

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12 años 7 meses antes #93496 por CPHugoocejo
En mi opinión son deducibles.

Me permitiré solo exponer el enlace del CFF hacia la regla de carácter general conocidas como reglas miscelaneas....

En el numeral 29-A CFF primer párrafo...." Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:"


en su fracción IX primer párrafo que cita: " IX. Los contenidos en las disposiciones fiscales, que sean requeridos y dé a conocer el Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general."

Lo demás ya lo cito el colega albertoarma....

saludos

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