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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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RIF Y SALARIOS SE PODRA, PROXIMAMENTE SALDRA REGLA
- ernye
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12 años 7 meses antes #93540
por ernye
Respuesta de ernye sobre el tema RIF Y SALARIOS SE PODRA, PROXIMAMENTE SALDRA REGLA
me nacio una duda respecto a lo que dice en el minuto 44:30 en adelante ¿beneficios de seguridad social y de vivienda? a que se refere.
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- LAGUILARG
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12 años 7 meses antes #93541
por LAGUILARG
Respuesta de LAGUILARG sobre el tema RIF Y SALARIOS SE PODRA, PROXIMAMENTE SALDRA REGLA
Chequen la Regla I.2.5.8
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- a_cano
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12 años 7 meses antes #93555
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema RIF Y SALARIOS SE PODRA, PROXIMAMENTE SALDRA REGLA
Buena noche:
La Regla I.2.5.21., ya fue incorporada al Proyecto de Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014:
Opción para pagar el ISR en términos del Régimen de Incorporación Fiscal
I.2.5.21. Para los efectos del artículo 111 de la Ley del ISR, los contribuyentes personas físicas que realicen actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional y que además obtengan ingresos por sueldos o salarios, asimilados a salarios o ingresos por intereses, podrán optar por pagar el ISR en los términos del Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR, por las actividades propias de su actividad empresarial sujeto a las excepciones previstas en el artículo 111, cuarto párrafo de la Ley del ISR, siempre que el total de los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por los conceptos mencionados, en su conjunto no hubiera excedido de la cantidad de dos millones de pesos. La facilidad prevista en la presente regla no exime a los contribuyentes del cumplimiento de las obligaciones fiscales inherentes a los régimenes fiscales antes citados.
Saludos
La Regla I.2.5.21., ya fue incorporada al Proyecto de Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014:
Opción para pagar el ISR en términos del Régimen de Incorporación Fiscal
I.2.5.21. Para los efectos del artículo 111 de la Ley del ISR, los contribuyentes personas físicas que realicen actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional y que además obtengan ingresos por sueldos o salarios, asimilados a salarios o ingresos por intereses, podrán optar por pagar el ISR en los términos del Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR, por las actividades propias de su actividad empresarial sujeto a las excepciones previstas en el artículo 111, cuarto párrafo de la Ley del ISR, siempre que el total de los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por los conceptos mencionados, en su conjunto no hubiera excedido de la cantidad de dos millones de pesos. La facilidad prevista en la presente regla no exime a los contribuyentes del cumplimiento de las obligaciones fiscales inherentes a los régimenes fiscales antes citados.
Saludos
El siguiente usuario dijo gracias: ramiro9
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- neto_2025
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12 años 7 meses antes #93559
por neto_2025
Respuesta de neto_2025 sobre el tema RIF Y SALARIOS SE PODRA, PROXIMAMENTE SALDRA REGLA
Desde un principio dije que los milagros existen y lean ya se cumplió . La autoridad no tuvo de otra más que aceptar su error. Entonces como dicen "que dijo mi mamá que siempre sí " Jaja bueno ahora a darlo a conocer a nuestros clientes . Saludos
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- MISTICO
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12 años 7 meses antes - 12 años 7 meses antes #93560
por MISTICO
Respuesta de MISTICO sobre el tema RIF Y SALARIOS SE PODRA, PROXIMAMENTE SALDRA REGLA
LA GUILLOTINA........para el maestro AS charro mis respetos y saludos además de gracias por la información:
Con fecha 30 Del mes pasado su servilleta escribió para un buey que por cierto después de la madrina de Don Lobo, ni por la silla volvió.
RUMBO AL VESTIDOR
Como cada jueves mi padre desayuna con sus cuates del SATanico para ver para donde van las aguas y dirigir su barco, de ahí que hace rato nos comentaba que esta la propuesta normativa interna de que se permita mediante regla de carácter general que los ASALARIADOS SI PUEDAN TRIBUTAR EN EL RIF, ojo esta es una posibilidad en caso de PASAR LA PROPUESTA TENDRIA QUE PUBLICARSE YA PORQUE MAÑANA VENCE EL PLAZO DEL AVISO
ULTIMA HORA la aplicación del plazo se lleva al 31 de Marzo recordemos que también existe la opción de presentar la declaración bimestral hasta esa fecha, esperemos la publicación en el D.O.F. Y el Anteproyecto en la pagina del SATanico .
www.aportacionesfiscales.com/index.php/f...madr?start=144#93363
Sin duda como siempre MAS QUE CONFIABLE lo que nos platica el viejo ,por cierto anda trabajando en Monterrey cuídenmelo mis queridos batos.
Con fecha 30 Del mes pasado su servilleta escribió para un buey que por cierto después de la madrina de Don Lobo, ni por la silla volvió.
RUMBO AL VESTIDOR
Como cada jueves mi padre desayuna con sus cuates del SATanico para ver para donde van las aguas y dirigir su barco, de ahí que hace rato nos comentaba que esta la propuesta normativa interna de que se permita mediante regla de carácter general que los ASALARIADOS SI PUEDAN TRIBUTAR EN EL RIF, ojo esta es una posibilidad en caso de PASAR LA PROPUESTA TENDRIA QUE PUBLICARSE YA PORQUE MAÑANA VENCE EL PLAZO DEL AVISO
ULTIMA HORA la aplicación del plazo se lleva al 31 de Marzo recordemos que también existe la opción de presentar la declaración bimestral hasta esa fecha, esperemos la publicación en el D.O.F. Y el Anteproyecto en la pagina del SATanico .
www.aportacionesfiscales.com/index.php/f...madr?start=144#93363
Sin duda como siempre MAS QUE CONFIABLE lo que nos platica el viejo ,por cierto anda trabajando en Monterrey cuídenmelo mis queridos batos.
Última Edición: 12 años 7 meses antes por MISTICO.
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- Oscarin946
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12 años 7 meses antes #93562
por Oscarin946
Respuesta de Oscarin946 sobre el tema RIF Y SALARIOS SE PODRA, PROXIMAMENTE SALDRA REGLA
lo recuerdo perfectamente, gracias y muy acertado el comentario en su momento
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