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Factura CBB contribuyente RIF
- genru
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12 años 4 meses antes #95520
por genru
Factura CBB contribuyente RIF Publicado por genru
Buenas tardes colegas,
Tengo el caso de persona física que paso del regimen intermedio al RIF, la cual expidio Facturas con CBB en el mes de Marzo, (ultimo mes de facilidad para emitir este tipo de comprobantes). Cual sería el tratamiento que se debió dar en el registro de mis cuentas: registrarlas o no, ya que unicamente estoy enterado de la emision de las facturas globales emitidas por operaciones con el publico en general o cuando se emite comprobante fiscal mediante factura facil.
Agradecería me orienten al respecto.
Tengo el caso de persona física que paso del regimen intermedio al RIF, la cual expidio Facturas con CBB en el mes de Marzo, (ultimo mes de facilidad para emitir este tipo de comprobantes). Cual sería el tratamiento que se debió dar en el registro de mis cuentas: registrarlas o no, ya que unicamente estoy enterado de la emision de las facturas globales emitidas por operaciones con el publico en general o cuando se emite comprobante fiscal mediante factura facil.
Agradecería me orienten al respecto.
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- LOBOZAC
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12 años 4 meses antes #95522
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Factura CBB contribuyente RIF
Podrías registrarlas en "TUS" cuentas ?
Saludos
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- MISTICO
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12 años 4 meses antes - 12 años 4 meses antes #95523
por MISTICO
Respuesta de MISTICO sobre el tema Factura CBB contribuyente RIF
PIQUETE DE OJOS………Para que los uses mi buen GENRUchito mira recuerda que en mi cuentas
Tenemos dos apartados FACTURA FACIAL y MI CONTABILIDAD
Ahora bien con eso y con lo que dice la regla (2do.P.) que te transcribo al calce (Primera Modificación R.M.
13/03/14) ¿TU QUE CREES QUE DEBAS HACER MI BATO?
Sistema de registro fiscal “Mis cuentas”
I.2.8.2. Para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del RIF, deberán ingresar a la aplicación electrónica “Sistema de Registro Fiscal” “Mis cuentas”, disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña. El resto de las personas físicas podrán optar por utilizar el sistema de referencia.
Una vez que se haya ingresado a la aplicación, los contribuyentes capturarán los datos correspondientes a sus ingresos y gastos, teniendo la opción de emitir los comprobantes fiscales respectivos en la misma aplicación. Los ingresos y gastos amparados por un CFDI, se registrarán de forma automática en la citada aplicación, por lo que únicamente deberán capturarse aquéllos que no se encuentren sustentados en dichos comprobantes.
Los contribuyentes que presenten sus registros de ingresos y gastos bajo este esquema, podrán utilizar dicha información a efecto de realizar la integración y presentación de su declaración.
Quinto párrafo (Se deroga)
CFF 28
Saludos mi estimado don Lobo, adelante maestro a rajarse a su tierra, así que nada de que ya no quiero
Opinar, en lo personal me afecta porque usted es los cuatro que siempre los sigo y por los que participo con mis modestas opiniones
Tenemos dos apartados FACTURA FACIAL y MI CONTABILIDAD
Ahora bien con eso y con lo que dice la regla (2do.P.) que te transcribo al calce (Primera Modificación R.M.
13/03/14) ¿TU QUE CREES QUE DEBAS HACER MI BATO?
Sistema de registro fiscal “Mis cuentas”
I.2.8.2. Para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del RIF, deberán ingresar a la aplicación electrónica “Sistema de Registro Fiscal” “Mis cuentas”, disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña. El resto de las personas físicas podrán optar por utilizar el sistema de referencia.
Una vez que se haya ingresado a la aplicación, los contribuyentes capturarán los datos correspondientes a sus ingresos y gastos, teniendo la opción de emitir los comprobantes fiscales respectivos en la misma aplicación. Los ingresos y gastos amparados por un CFDI, se registrarán de forma automática en la citada aplicación, por lo que únicamente deberán capturarse aquéllos que no se encuentren sustentados en dichos comprobantes.
Los contribuyentes que presenten sus registros de ingresos y gastos bajo este esquema, podrán utilizar dicha información a efecto de realizar la integración y presentación de su declaración.
Quinto párrafo (Se deroga)
CFF 28
Saludos mi estimado don Lobo, adelante maestro a rajarse a su tierra, así que nada de que ya no quiero
Opinar, en lo personal me afecta porque usted es los cuatro que siempre los sigo y por los que participo con mis modestas opiniones
Última Edición: 12 años 4 meses antes por MISTICO.
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12 años 4 meses antes #95525
por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Factura CBB contribuyente RIF
Jajajaja, gracias ESTIMADO MISTICO, me "rajo" pura madr...aqui andamos APRENDIENDO DE TI, DE LOS MASTERS DE APORTACIONES Y DÁNDOME LA OPORTUNIDAD, --PARAFRASEANDO-- DE escuchaR, LEER a los demás, incluso al torpe e ignorante, también ellos tienen su propia historia. (Desiderata)
Saludos
Saludos
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