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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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CONTABILIDAD FISCAL QUE ENTRA EN VIGOR EL1 JUL 14
- MISTICO
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
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Mi sugerencia inicial de lectura es para que no te la compliques por algo que creemos muchos Abogados y Contadores, no se dará este año, si así, como lo estás leyendo esto de la nueva forma de fiscalización de SATanico tendrá que esperar una de las herramientas intimidatorias es el uso del BUZON TRIBUTARIO que entra en vigor para las Personas Morales EL 30 DE Junio del 2014, mientras que para las Físicas el 1 de Enero del 2015.
Esperemos unas semanas más para ver qué pasa con esta herramienta aun cuando ya esté en la página. De acuerdo al 17-K del C.F.F. Podríamos pensar que tiene que ver este con la contabilidad electrónica, aguanten, aguanten, el SATanico sabe su cuento.
Sin duda estos personajes creen que nos chupamos el dedo con todas sus prorrogas a sus programas, nos quieren vender la idea de que SON MUY BUENAS GENTES, cuando las prorrogas que conceden son muestras claras de su ineficiencia informática, la verdad es que ellos son los que no debieran dar las gracias a nosotros por tantas prorrogas que le concedemos, a costa de nuestra salud por tanto susto y sobre salto.
Así que tranquilo solo hay que dejarle espacio para la longanizota que nos va a tocar a tochos morochos, NO SE JALES CUANTOS DIAS NOS DARAN PARA ACTUALIZAR seis meses de contabilidad ¿5 días por mes? No le jalen el moco al pavo porque les puede dar catarro y provocar una epidemia de mentadas y mas mentadas al estilo DON LOBO.
Así que esperemos esperemos DIOS aprieta pera no ahorca dice el refrán, pero al parecer a los SATanicos les gusta mas poco a poco Irineo, así que tómala barbón. A gui gui.
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- Manuelita
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que serán distintos a los CFDI y CFDI nóminas, según información que dieron en una plática sobre el tema.
Saludos
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- CPHugoocejo
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Definitivamente estamos en la “Era Digital “, por ello la autoridad deberá informar mediante reglas de carácter general los medios para cumplir conforme al numeral 28 F-IV CFF, que a la letra estipula:
Artículo 28 CFF . Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, estarán a lo siguiente:
IV. Ingresarán de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, de conformidad con reglas de carácter general que se emitan para tal efecto.
Recordemos que el Buzón Tributario aplicara lo siguiente:
Transitorios CFF
Segundo. En relación con las modificaciones a que se refiere el Artículo Único de este Decreto, se estará a lo siguiente:
VII. Lo dispuesto en el artículo 17-K fracción I de este Código, entrará en vigor únicamente para las personas morales a partir del 30 de junio de 2014; para las personas físicas, a partir del 1 de enero de 2015.
En otro orden de ideas, el secreto bancario no existe prácticamente, debido al intercambio de información financiera con distintos entes y jurisdicciones.
Además de lo anterior, es importante resaltarlo en conjunto con los numerales 1 y 2 de la Ley de Firma Electrónica, que estipula lo siguiente:
Artículo 1. La presente Ley es de orden e interés público y tiene por objeto regular:
I. El uso de la firma electrónica avanzada en los actos previstos en esta Ley y la expedición de certificados digitales a personas físicas;
Artículo 2. Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:
II. Actuaciones Electrónicas: las notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitud de informes o documentos y, en su caso, las resoluciones administrativas definitivas que se emitan en los actos a que se refiere esta Ley que sean comunicadas por medios electrónicos;
En Conclusión, si bien es cierta la línea de la autoridad está trazada donde el camino final será la entrega de la contabilidad, esta debiera ser paulatina y bueno, hay que esperar las reglas, prorrogas se avecinan, pero sucederá de una forma u otra.
Esperando tengan conciliada y depurada la contabilidad, so de cumplir los requisitos del 33 del RCFF, y donde la autoridad tratara de cumplir más rápido la fiscalización, acorde a las leyes tributarias, y el contribuyente tiene que soportar todo, llámese prestamos, actas, pagares, discrepancias, compulsas versus CFDI , asientos analíticos, distinción de tasas, forma de pago etc., un completo ataque a simulaciones….
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- mikecoz81
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Hace 2 semanas una expositora comentó que ya están en pruebas con la plataforma, que hay contribuyentes a los que se les preguntó si querían ser "voluntarios" para probar el programa y ya se está probando (comentado por ella), que les falta poco.
Yo en lo personal, creo que no será este año, no recuerdo ningún programa del SAT que funcione a la primera, y creo que está no será la excepción.
Saludos.
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- BR1
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MISTICO escribió:
Así que tranquilo solo hay que dejarle espacio para la longanizota que nos va a tocar a tochos morochos, NO SE JALES CUANTOS DIAS NOS DARAN PARA ACTUALIZAR seis meses de contabilidad ¿5 días por mes? No le jalen el moco al pavo porque les puede dar catarro
Así que esperemos esperemos DIOS aprieta pera no ahorca dice el refrán, pero al parecer a los SATanicos les gusta mas poco a poco Irineo, así que tómala barbón. A gui gui.
Esperando que la longaniza no este muy condimentada, porque sino, varios van a repetir (me refiero a eruptar eh).
Yo, como siempre a la espera de las aclaraciones por parte de la autoridad, porque contador que toca el tema se queda en las mismas (ya sea de despacho, en cursos o en foros) "nadie sabe, nadie supo....", falta que aclaren como la quieren, cuando y por donde.
Un saludo.
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