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RIF registro de ingresos CBB y gastos IMSS
- Edheras
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12 años 1 mes antes #96879
por Edheras
RIF registro de ingresos CBB y gastos IMSS Publicado por Edheras
...un favor, estoy con estas dudas;
Para registrar en Mis Cuentas, Mi contabilidad, los ingresos por Facturas CBB de 2013 cobradas en 2014, es necesario
usar Factura Facil "Generar Factura"?, porque no veo manera directamente en: Mi contabilidad, Ingresos.
Pero si es como lo menciono, ¿no se estan duplicando los ingresos al ya existir un CBB?. Ademas como asignar la fecha de Enero 2014
y por otra parte:
Los Gastos de Cuotas IMSS, se registran en Mis cuentas, Gastos con el RFC del IMSS?
Agradesco de antemano, sus comentarios.
Gracias
Para registrar en Mis Cuentas, Mi contabilidad, los ingresos por Facturas CBB de 2013 cobradas en 2014, es necesario
usar Factura Facil "Generar Factura"?, porque no veo manera directamente en: Mi contabilidad, Ingresos.
Pero si es como lo menciono, ¿no se estan duplicando los ingresos al ya existir un CBB?. Ademas como asignar la fecha de Enero 2014
y por otra parte:
Los Gastos de Cuotas IMSS, se registran en Mis cuentas, Gastos con el RFC del IMSS?
Agradesco de antemano, sus comentarios.
Gracias
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12 años 1 mes antes - 12 años 1 mes antes #96911
por G-Ornelas
El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...
Respuesta de G-Ornelas sobre el tema RIF registro de ingresos CBB y gastos IMSS
Que tal compañero buenas tardes...
Me permito comentarte que debes REGISTRAR el ingreso EFECTIVAMENTE cobrado y así como los Gastos, Inversiones y compras efectivamente pagadas en el periodo .. a excepción de los llamados CFDI...
te dejo este enlace espero que sea de tu utilidad:
www2.sat.gob.mx/CrezcamosJuntos/pf_04.htm
Saludos
Me permito comentarte que debes REGISTRAR el ingreso EFECTIVAMENTE cobrado y así como los Gastos, Inversiones y compras efectivamente pagadas en el periodo .. a excepción de los llamados CFDI...
te dejo este enlace espero que sea de tu utilidad:
www2.sat.gob.mx/CrezcamosJuntos/pf_04.htm
Saludos
El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...
Última Edición: 12 años 1 mes antes por G-Ornelas.
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12 años 1 mes antes #96919
por Edheras
Respuesta de Edheras sobre el tema RIF registro de ingresos CBB y gastos IMSS
...Bien, gracias por el comentario;
No obstante, ya he leido la informacion del Portal del SAT, la informacion de la RM y no encuentro informacion clara a las dudas
que mencione al inicio.
Por ejemplo los plazos o fechas para presentar la declaracion o declaraciones respectivas esa si esta clara y especifica, tanto en LISR como en RM, pero lo señalado en mis dudas no lo encuentro.
Sigo buscando...
Gracias
No obstante, ya he leido la informacion del Portal del SAT, la informacion de la RM y no encuentro informacion clara a las dudas
que mencione al inicio.
Por ejemplo los plazos o fechas para presentar la declaracion o declaraciones respectivas esa si esta clara y especifica, tanto en LISR como en RM, pero lo señalado en mis dudas no lo encuentro.
Sigo buscando...
Gracias
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12 años 1 mes antes - 12 años 1 mes antes #96926
por G-Ornelas
Debes poner atención y cuidado a las "respuestas" de la autoridad en su portal ...
Saludos
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Respuesta de G-Ornelas sobre el tema RIF registro de ingresos CBB y gastos IMSS
pero lo señalado en mis dudas no lo encuentro
Debes poner atención y cuidado a las "respuestas" de la autoridad en su portal ...
Saludos
El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...
Última Edición: 12 años 1 mes antes por G-Ornelas.
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- mdzin
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12 años 1 mes antes #96928
por mdzin
Respuesta de mdzin sobre el tema RIF registro de ingresos CBB y gastos IMSS
Que tal Edheras, en cuanto al imss, hable al sat y me dicen que ya debieron de haber enviado los cfdi de las cuotas, que tenían hasta el 01 de julio, pero los del imss dicen que todavía no tienen alguna indicación al respecto. Es un relajo. ¿Algún compañero que ya haya presentado el pago?
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- neto_2025
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12 años 1 mes antes #96929
por neto_2025
Respuesta de neto_2025 sobre el tema RIF registro de ingresos CBB y gastos IMSS
Recordé esto que mencionas Mdzin:
PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA 2014
SEXTO. Para los efectos del artículo 29, primer y último párrafo del CFF, las dependencias y entidades públicas federales, estatales y municipales podrán optar por diferir la expedición de los CFDI que deben emitir por el pago de contribuciones federales, estatales o municipales, incluyendo productos y aprovechamientos, que perciban durante el periodo comprendido del 1 de enero de 2014 al 30 de junio del mismo año, siempre que al 1 de julio de 2014 hayan migrado totalmente al esquema de CFDI, y emitido a los contribuyentes que así lo hayan solicitado todos los CFDI correspondientes a los ingresos percibidos durante el periodo señalado.
Cuando las dependencias y entidades públicas federales, estatales y municipales incumplan con el requisito de migración al esquema de CFDI, perderán el derecho de aplicar la presente facilidad, quedando obligados a aplicar las disposiciones en materia de expedición de comprobantes fiscales a partir del 1 de enero de 2014.
Espero ayude un poco...
PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA 2014
SEXTO. Para los efectos del artículo 29, primer y último párrafo del CFF, las dependencias y entidades públicas federales, estatales y municipales podrán optar por diferir la expedición de los CFDI que deben emitir por el pago de contribuciones federales, estatales o municipales, incluyendo productos y aprovechamientos, que perciban durante el periodo comprendido del 1 de enero de 2014 al 30 de junio del mismo año, siempre que al 1 de julio de 2014 hayan migrado totalmente al esquema de CFDI, y emitido a los contribuyentes que así lo hayan solicitado todos los CFDI correspondientes a los ingresos percibidos durante el periodo señalado.
Cuando las dependencias y entidades públicas federales, estatales y municipales incumplan con el requisito de migración al esquema de CFDI, perderán el derecho de aplicar la presente facilidad, quedando obligados a aplicar las disposiciones en materia de expedición de comprobantes fiscales a partir del 1 de enero de 2014.
Espero ayude un poco...
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