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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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RIF, alta en padrón de importadores y exportaores
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o igual que introduzca la mercancía con pedimentos simplificados.
Mi estimado sosgtorreon,recuerda tambien lo que comentamos en el topico siguiente
www.aportacionesfiscales.com/index.php/f...epecos?start=6#91210
Saludos
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Reglas de Comercio Exterior 2015 DOF: 07-Abr-2015
3.7.2.Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 36-A, fracción I y 43 de la Ley, las personas físicas que tributen en los términos del Título IV, Capítulo II, Sección II de la LISR, podrán optar por efectuar la importación de mercancías cuyo valor no exceda de 3,000 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera mediante pedimento simplificado conforme a lo siguiente:
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Ya es posible efectuar el tramite de ALTA EN EL PADRON DE IMPORTADORES para RIF despues de una actualizacion de la pagina del SAT.
www.dropbox.com/s/1ibhmsbv9jv7yvg/SAT.png?dl=0
Saludos
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Continuando con el tema les comunico que al efectuar en el mismo apartado "CONSULTA DE SOLICITUDES" se tiene la siguiente respuesta de la autoridad :
Por medio de este conducto se le informa que su solicitud de Inscripcion al Padron de Importadores y Sectores Especificos fue AUTORIZADO.
Autorizado a partir de:27/07/2015
Comentarios
ACEPTADO
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