Mi buen, expresando las cosas en lenguaje oficialista diré; a mi ver, no existe rubro alguno para manifestar la información expresa y por separado.
Sin embargo coincido en que el contribuyente esta obligado a presentarla, ¿Cómo le hago?, me parece debes habilitar la captura del Capítulo correspondiente, Enajenación de Bienes (IV), anotando el total de ingresos y el monto de exentos, que puede ser que sea la misma cantidad.
Un cliente el año pasado enajeno una finca, todavía no preparo su anual, pero supongo que atendiendo a la modernidad de que hace gala el SAT, al habilitar el Capítulo IV en información precargada, en este caso, debe aparecer lo relativo a dicha enajenación, ya que el notario ante el que se realizo la operación debe haber enviado la información de la enajenación al SAT, tal y como es su obligación... para facilitarme la vida, supongo yo. En fin, una vez que lo verifique les comento.
Pero insisto, rubro expreso para lo que expones, no encuentro, por lo que intuyo para cumplir la obligación conviene habilitar dicho apartado.