- Mensajes: 6
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
recibos de arrendamiento
- damasomurillo
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
-
Menos
Más
11 años 3 meses antes #102392
por damasomurillo
recibos de arrendamiento Publicado por damasomurillo
Buen dia.
Una persona fisica renta a otra persona fisica casa-habitacion.
IVA esta exento.
Ret ISR no aplica.
Ret IVA no aplica.
Retencion impuesto cedular para el edo de guanajuato si aplicaria
Como haria el recibo entonces?
Algun ejemplo que me pudieran facilitar.
Gracias.
Una persona fisica renta a otra persona fisica casa-habitacion.
IVA esta exento.
Ret ISR no aplica.
Ret IVA no aplica.
Retencion impuesto cedular para el edo de guanajuato si aplicaria
Como haria el recibo entonces?
Algun ejemplo que me pudieran facilitar.
Gracias.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- LUISCERVERA
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 300
- Gracias recibidas: 0
11 años 3 meses antes #102396
por LUISCERVERA
Respuesta de LUISCERVERA sobre el tema recibos de arrendamiento
Las personas físicas no son retenedores o si????
Saludos !!
Saludos !!
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- LUISCERVERA
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 300
- Gracias recibidas: 0
11 años 3 meses antes #102397
por LUISCERVERA
Respuesta de LUISCERVERA sobre el tema recibos de arrendamiento
Exceptuando salarios claro está; hago la aclaración para no desviar el propósito del post.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- asolerv
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 429
- Gracias recibidas: 0
11 años 3 meses antes #102401
por asolerv
LCP Antonio Soler Vizcarra
Consultor Empresarial
Mazatlán, Sinaloa, México
Respuesta de asolerv sobre el tema recibos de arrendamiento
Luis:
Habría que checar la Ley de Hacienda del Estado de Guanajuato, en una de esas nos llevamos la sorpresa de la vida.
Habría que checar la Ley de Hacienda del Estado de Guanajuato, en una de esas nos llevamos la sorpresa de la vida.
LCP Antonio Soler Vizcarra
Consultor Empresarial
Mazatlán, Sinaloa, México
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- LUISCERVERA
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 300
- Gracias recibidas: 0
11 años 3 meses antes #102406
por LUISCERVERA
Respuesta de LUISCERVERA sobre el tema recibos de arrendamiento
LEY DE HACIENDA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO (publicada el 16 de diciembre de 2014)
TÍTULO PRIMERO
DE LOS IMPUESTOS
Capítulo Segundo
De los Impuestos Cedulares sobre los Ingresos
de las Personas Físicas
Sección Tercera
Del Impuesto Cedular por el Otorgamiento del
Uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles
Quinto párrafo Art. 21
Cuando los ingresos a que se refiere esta Sección se obtengan por pagos que
efectúen las personas morales con domicilio fiscal dentro del territorio del Estado de
Guanajuato, éstas deberán retener por concepto del impuesto correspondiente, el
equivalente al cincuenta por ciento del monto que resulte de aplicar la tasa
establecida para dicho tributo en la Ley de Ingresos para el Estado de Guanajuato,
sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes constancia de la
retención; dichas retenciones deberán enterarse en el mismo periodo que se
establece para el pago de éste impuesto.
(Párrafo reformado. P.O. 25 de diciembre de 2007)
TÍTULO PRIMERO
DE LOS IMPUESTOS
Capítulo Segundo
De los Impuestos Cedulares sobre los Ingresos
de las Personas Físicas
Sección Tercera
Del Impuesto Cedular por el Otorgamiento del
Uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles
Quinto párrafo Art. 21
Cuando los ingresos a que se refiere esta Sección se obtengan por pagos que
efectúen las personas morales con domicilio fiscal dentro del territorio del Estado de
Guanajuato, éstas deberán retener por concepto del impuesto correspondiente, el
equivalente al cincuenta por ciento del monto que resulte de aplicar la tasa
establecida para dicho tributo en la Ley de Ingresos para el Estado de Guanajuato,
sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes constancia de la
retención; dichas retenciones deberán enterarse en el mismo periodo que se
establece para el pago de éste impuesto.
(Párrafo reformado. P.O. 25 de diciembre de 2007)
El siguiente usuario dijo gracias: asolerv
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- CPHugoocejo
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
-
- Ganar no lo es todo, es lo unico..Vince Lombardi.
Menos
Más
- Mensajes: 5612
- Gracias recibidas: 0
11 años 3 meses antes #102409
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema recibos de arrendamiento
Bien Luis ¡¡¡¡¡¡¡, la importancia del fundamento.....
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Tiempo de carga de la página: 1.024 segundos