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Contrato de Derecho Real de Superficie

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11 años 2 meses antes #102994 por majzter
Buenos dias colegas

Les pido de favor que me ayuden a aclarar lo siguiente:

Resulta que una persona fisica que su actividad es Arrendamiento (comercial) y a uno de sus clientes le arrenda un local comercial en el cual el terreno es mas grande de lo que ocupa el local, en el contrato incluye tanto el local como el terreno en una sola renta ya que el arrendatario utiliza el terreno como estacionamiento, ahora el arrendatario quiere construir en ese terreno y le pide al arrendador que firmen un CONTRATO DE DERECHO REAL DE SUPERFICIE.

Yo ya estuve investigando sobre ese contrato y se de que se trata, la duda es que el arrendatario le dijo al arrendador que firmando el contrato mencionado ya no le tenia que dar un recibo por arrendamiento sino un recibo por REGALIAS.

Ya lei el Art. 142 LISR y tambien el art. 15B del CFF y no encuentro un concepto de ingreso que se asocie con este tipo de contrato.

Quisiera que me orientaran en caso de que alguno de ustedes esten en una situacion con este tipo de contrato y me aclaren esta duda.

gracias de antemano.

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11 años 2 meses antes #102998 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Contrato de Derecho Real de Superficie
la duda es que el arrendatario le dijo al arrendador que firmando el contrato mencionado ya no le tenia que dar un recibo por arrendamiento sino un recibo por REGALIAS.

SI YA ESTAS INVESTIGANDO, porque no "investigaste" que le dijera el arrendatario al arrendador EL FUNDAMENTO A TAL ASEVERACIÓN ?

Saludos

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11 años 2 meses antes #102999 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Contrato de Derecho Real de Superficie
CFF 2015

Artículo 15-B.- Se consideran regalías, entre otros, los pagos de cualquier clase por el uso o goce temporal de patentes, certificados de invención o mejora, marcas de fábrica, nombres comerciales, derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, incluidas las películas cinematográficas y grabaciones para radio o televisión, así como de dibujos o modelos, planos, fórmulas, o procedimientos y equipos industriales, comerciales o científicos, así como las cantidades pagadas por transferencia de tecnología o informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas, u otro derecho o propiedad similar.

Para los efectos del párrafo anterior, el uso o goce temporal de derechos de autor sobre obras científicas incluye la de los programas o conjuntos de instrucciones para computadoras requeridos para los procesos operacionales de las mismas o para llevar a cabo tareas de aplicación, con independencia del medio por el que se transmitan.

También se consideran regalías los pagos efectuados por el derecho a recibir para retransmitir imágenes visuales, sonidos o ambos, o bien los pagos efectuados por el derecho a permitir el acceso al público a dichas imágenes o sonidos, cuando en ambos casos se transmitan por vía satélite, cable, fibra óptica u otros medios similares.

Los pagos por concepto de asistencia técnica no se considerarán como regalías. Se entenderá por asistencia técnica la prestación de servicios personales independientes por los que el prestador se obliga a proporcionar conocimientos no patentables, que no impliquen la transmisión de información confidencial relativa a experiencias industriales, comerciales o científicas, obligándose con el prestatario a intervenir en la aplicación de dichos conocimientos.

ENCUADRAS EN ESTE SUPUESTO ? ... SERAN ENTONCES REGALIAS ... O NO ?

Espero tu amable respuesta para continuar con este asunto

Saludos

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11 años 2 meses antes #103004 por CPHugoocejo

majzter escribió: Buenos dias colegas

Les pido de favor que me ayuden a aclarar lo siguiente:

Resulta que una persona fisica que su actividad es Arrendamiento (comercial) y a uno de sus clientes le arrenda un local comercial en el cual el terreno es mas grande de lo que ocupa el local, en el contrato incluye tanto el local como el terreno en una sola renta ya que el arrendatario utiliza el terreno como estacionamiento, ahora el arrendatario quiere construir en ese terreno y le pide al arrendador que firmen un CONTRATO DE DERECHO REAL DE SUPERFICIE.

Yo ya estuve investigando sobre ese contrato y se de que se trata, la duda es que el arrendatario le dijo al arrendador que firmando el contrato mencionado ya no le tenia que dar un recibo por arrendamiento sino un recibo por REGALIAS.

Ya lei el Art. 142 LISR y tambien el art. 15B del CFF y no encuentro un concepto de ingreso que se asocie con este tipo de contrato.

Quisiera que me orientaran en caso de que alguno de ustedes esten en una situacion con este tipo de contrato y me aclaren esta duda.

gracias de antemano.


No son regalías, ojala la gente del arrendatario le sustente eso.....( si lo encuentra )....

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