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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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No Enviar Contabilidad electrónica

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9 años 7 meses antes #106770 por sosgtorreon
En las personas físicas del RIF no me ha tocado, fuera de un bimestre, encontrarme información precargada en la aplicación de mis cuentas, ignoro si vamos a tener una puesta a punto en forma oportuna por parte de la autoridad en este caso. ¿Alguien ya encontró ese aplicativo?, antes de tomar la decisión sería bueno darle una vista a dicho aplicativo, por no dejar digo yo... luego hablando de la conveniencia o no, habrá situaciones particulares a sopesar, como el factor horas hombre a invertir, me explico, si voy a tener que estar seleccionando cfdi por cfdi y el contribuyente emite demasiados, a lo mejor ya no se vuelve tan ágil el trabajo, que insisto, de entrada y con las facilidades ofertadas es tentador a mas no poder...

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9 años 7 meses antes #106771 por KIKE_CORONA
Hola amigos:

Es una buena opcion, pero veo los siguientes limitantes a valorar antes de decidir:

1.- Te exime de la fracción IV del Articulo 28 CFF, pero no de la fraccion III, es decir, no envías balanzas pero si debes llevar tus registros contables en medios electrónicos.

2.- Te exime de la DIOT, la cual es innecesaria dado que al acumular y deducir en base a lo cobrado y pagado se entiende que no debe existir discrepancia entre los XML del SAT y los registros de la sociedad mensuales.

3.- La regla 3.21.6.2 establece que al llenar nuestra declaracion apareceran los XML emitidos y recibidos para que seleccionemos los pagados y cobrados. Si algún proveedor o nosotros no emitimos un CFDI antes del cierre de mes no podremos incluir en el calculo y podria haber discrepancias, ya que solo se pueden adicionar XML pendientes de meses anteriores.

4.- El ISR se paga mes a mes, provocando un problema de liquidez que antes diferiamos con un pago parcial en los provisionales y un pago mas elevado en la declaración anual.
El siguiente usuario dijo gracias: sosgtorreon

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9 años 7 meses antes #106775 por MISTICO
Respuesta de MISTICO sobre el tema No Enviar Contabilidad electrónica

sosgtorreon escribió: En las personas físicas del RIF no me ha tocado, fuera de un bimestre, encontrarme información precargada en la aplicación de mis cuentas, ignoro si vamos a tener una puesta a punto en forma oportuna por parte de la autoridad en este caso. ¿Alguien ya encontró ese aplicativo?, antes de tomar la decisión sería bueno darle una vista a dicho aplicativo, por no dejar digo yo... luego hablando de la conveniencia o no, habrá situaciones particulares a sopesar, como el factor horas hombre a invertir, me explico, si voy a tener que estar seleccionando cfdi por cfdi y el contribuyente emite demasiados, a lo mejor ya no se vuelve tan ágil el trabajo, que insisto, de entrada y con las facilidades ofertadas es tentador a mas no poder...


AL MAESTRO CON CARIÑO……. Para efectos de la regla 3.21.6.2 El Aplicativo de referencia aun no se encuentra en la página del SATanico ni tampoco nuestros amigos de informática cuentan con una fecha de publicación se dice que puede ser a más tardar el próximo lunes 30 por lo que la recomendación es que estemos diariamente dando seguimiento a la sección NOVEDADES de la pagina tributaria.

Saludos mi maestro lagunero.

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9 años 7 meses antes #106780 por Luikb
Respuesta de Luikb sobre el tema No Enviar Contabilidad electrónica
Considero que esta sería una prueba piloto, sin embargo tengo algunas opiniones.

1.- De acuerdo, el registro electrónico se debiera seguir llevando.

2.- Difiero un poco, porque los xml del SAT no son pagados, en todo caso no debiera tener diferencia en la aplicación del punto 3.

3.- Como bien lo decía SosGTorreon, dependerá de la cantidad de xml que se tengan el tomar esta decisión.

4.- Considero que esto será un piloto para ver la automatización de los impuestos, la eliminación de nuevo del costo de ventas.

Saludos

Saludos

Luis Morales

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9 años 7 meses antes #106797 por Manuelita
Respuesta de Manuelita sobre el tema No Enviar Contabilidad electrónica
Buenas tardes foristas; aplica solo para sociedades mercantiles, puede ser también para sociedades civiles?
Agradeceré sus opiniones.
Saludos

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9 años 7 meses antes #106799 por calpixqui
Respuesta de calpixqui sobre el tema No Enviar Contabilidad electrónica
Buena tarde

Para abundar un poco en el tema, con respecto a las PF´s el Transitorio Décimo Primero de la RMF 2017 dice:

"El aviso presentado durante el ejercicio fiscal 2016 por los contribuyentes a que se refiere la regla 2.8.1.19., de la RMF vigente hasta el 31 de diciembre de 2016, mediante el cual ejercieron la opción para utilizar “Mis cuentas” seguirá vigente para el ejercicio fiscal 2017."

Con lo que respecta a dicha regla PERO para el ejercicio 2017, se tiene hasta el mes de febrero de 2017 para presentar el aviso de aclaración a traves de Mi portal, claro esta, en los supuestos a que haya lugar. (lease regla 2.8.1.19. de la RMF 2017). B) Me dio flojera copiar y pegar la regla....jejeje.... :P ...mejor "leyanla" como dijera mi compá "El Piporro"

¡ Saludos !

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