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Reserva Legal
- oscar8
- Autor del tema
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9 años 3 meses antes #107009
por oscar8
Reserva Legal Publicado por oscar8
Estimados, buenas tardes.
Ando un poco revuelto. Ojala me puedan auxiliar en el tema.
Para la creación de la reserva legal, el asiento contable se realiza en el cierre del ejercicio, es decir, si tengo 300,000 de utilidad, mi reserva serian 15,000, claro hasta llegar al tope del 20%. Pero los registro en una póliza de diciembre 2016, o en una poliza de 2017, cargando a reserva legal y abonando a utilidad del ejercicio?
Saludos!
Ando un poco revuelto. Ojala me puedan auxiliar en el tema.
Para la creación de la reserva legal, el asiento contable se realiza en el cierre del ejercicio, es decir, si tengo 300,000 de utilidad, mi reserva serian 15,000, claro hasta llegar al tope del 20%. Pero los registro en una póliza de diciembre 2016, o en una poliza de 2017, cargando a reserva legal y abonando a utilidad del ejercicio?
Saludos!
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- mch50
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9 años 3 meses antes #107011
por mch50
Respuesta de mch50 sobre el tema Reserva Legal
Si el evento es en 2016 entonces lo registra en el ejericio 2016. Y el registro es cargo a utilidad del ejercicio vs reserva legal en una cuenta de capital.
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- a_cano
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9 años 3 meses antes #107012
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Reserva Legal
Buena noche:
Reserva Legal
Su Normatividad
Artículos 20, en correlación con los artículos 21, 22, 172 y 181 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
"De las utilidades netas de toda sociedad mercantil, deberá segregarse anualmente el cinco por ciento, como mínimo para formar el fondo de reserva, hasta que importe la quinta parte del capital social. "
¿En qué momento y como se contabiliza la Reserva Legal?
La Reserva Legal se contabiliza en el siguiente ejercicio(2017), es decir, una vez que los accionistas en asamblea general ordinaria han aprobado los estados financieros y determinado la distribución de la utilidad neta del ejercicio inmediato anterior(2016), ya que en el caso concreto de las sociedades mercantiles, se establece la obligatoriedad de que dentro de cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio, deberán aprobar en asamblea ordinaria los estados financieros, en términos del artículo 181 de la LGSM.
La creación de reservas no es un gasto (NIF A-5 párr. 78), la Reserva Legal se constituye o se incrementa con cargo a la cuenta de utilidad del ejercicio, ambas cuentas son cuentas de capital.
Espero sea de utilidad.
Reserva Legal
Su Normatividad
Artículos 20, en correlación con los artículos 21, 22, 172 y 181 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
"De las utilidades netas de toda sociedad mercantil, deberá segregarse anualmente el cinco por ciento, como mínimo para formar el fondo de reserva, hasta que importe la quinta parte del capital social. "
¿En qué momento y como se contabiliza la Reserva Legal?
La Reserva Legal se contabiliza en el siguiente ejercicio(2017), es decir, una vez que los accionistas en asamblea general ordinaria han aprobado los estados financieros y determinado la distribución de la utilidad neta del ejercicio inmediato anterior(2016), ya que en el caso concreto de las sociedades mercantiles, se establece la obligatoriedad de que dentro de cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio, deberán aprobar en asamblea ordinaria los estados financieros, en términos del artículo 181 de la LGSM.
La creación de reservas no es un gasto (NIF A-5 párr. 78), la Reserva Legal se constituye o se incrementa con cargo a la cuenta de utilidad del ejercicio, ambas cuentas son cuentas de capital.
Espero sea de utilidad.
El siguiente usuario dijo gracias: ramiro9
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- oscar8
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9 años 3 meses antes #107014
por oscar8
Respuesta de oscar8 sobre el tema Reserva Legal
Excelente, esa era mi duda, y se resolvió concretamente.
Gracias !! Buen fin de semana...
Gracias !! Buen fin de semana...
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