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DISMINUCION DE INGRESOS POR CANCELACION DE FACTURA
- ROCIOSOL
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8 años 11 meses antes #107455
por ROCIOSOL
DISMINUCION DE INGRESOS POR CANCELACION DE FACTURA Publicado por ROCIOSOL
Buenas tardes.
Si tengo que cancelar una factura del mes mayo, de una persona moral, la factura por error si hizo el 31 de mayo,
pero la SCT, la pidio con fecha del 1 de junio, entonces la factura esta repetida. Y por error no se cancelo en su tiempo.
Ahorita que todavia se puede cancelar.
Tengo que presentar complementarias de todos los meses que se van a modificar o solo del mes
donde se hace la disminucion de los ingresos??
Mil gracias por sus respuestas.
Dios los bendiga.
Si tengo que cancelar una factura del mes mayo, de una persona moral, la factura por error si hizo el 31 de mayo,
pero la SCT, la pidio con fecha del 1 de junio, entonces la factura esta repetida. Y por error no se cancelo en su tiempo.
Ahorita que todavia se puede cancelar.
Tengo que presentar complementarias de todos los meses que se van a modificar o solo del mes
donde se hace la disminucion de los ingresos??
Mil gracias por sus respuestas.
Dios los bendiga.
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- sosgtorreon
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8 años 11 meses antes #107456
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema DISMINUCION DE INGRESOS POR CANCELACION DE FACTURA
Un poco va a depender de que tipo de contribuyente sea. Me explico, si quien emite el comprobante es una persona física, ISR e IVA van a tener "efectos fiscales al cobro", por lo que sin importar se tenga duplicado el concepto y monto facturado, se puede decir que no pasa nada, ya que se acumulo solo cuando se cobro en forma efectiva.
Si el contribuyente es persona moral, entonces como acumula los ingresos nominales para efectos de pago provisional de ISR, en ese supuesto si la cancelación debe afectarse desde el pago de mayo y hacer complementarias de los meses posteriores. En IVA sigue siendo la misma, es decir, el efecto fiscal se da al momento del cobro, es pago mensual definitivo, por tanto sin problema.
Si el contribuyente es persona moral, entonces como acumula los ingresos nominales para efectos de pago provisional de ISR, en ese supuesto si la cancelación debe afectarse desde el pago de mayo y hacer complementarias de los meses posteriores. En IVA sigue siendo la misma, es decir, el efecto fiscal se da al momento del cobro, es pago mensual definitivo, por tanto sin problema.
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- MISTICO
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8 años 11 meses antes - 8 años 11 meses antes #107469
por MISTICO
Respuesta de MISTICO sobre el tema DISMINUCION DE INGRESOS POR CANCELACION DE FACTURA
RECORDANDO LOS CANDADOS…….Contadora con seguridad usted recuerda los párrafos cuarto y quinto de la fracción IX del 29 A del C.F.F. Que se refieren a la CANCELACION DE LOS COMPROBANTES FISCALES Y DE LA FORMA DE ACEPTACION DE LA CANCELACION DE UN COMPROBANTE FISCAL.
Por favor le suplico nos regale su comentario y seguimos, aclaro el MAESTRO S.O.S. YA LE BRINDO LA RESPUESTA CORRECTA FISCALMENTE sin embargo tengo mis dudas si ya racionalizo por qué debe ser así como se lo indicaron.
Estoy seguro que muchos de los colegas que no leen ni se acordaban de los párrafos en comento y menos de sus repercusiones ni a partir de cuando.
Ojala compañera se ponga a capa, las botas y a luchar por el conocimiento con la llave más efectiva del Contador la actualización constante.
Saludos respetuosos
Por favor le suplico nos regale su comentario y seguimos, aclaro el MAESTRO S.O.S. YA LE BRINDO LA RESPUESTA CORRECTA FISCALMENTE sin embargo tengo mis dudas si ya racionalizo por qué debe ser así como se lo indicaron.
Estoy seguro que muchos de los colegas que no leen ni se acordaban de los párrafos en comento y menos de sus repercusiones ni a partir de cuando.
Ojala compañera se ponga a capa, las botas y a luchar por el conocimiento con la llave más efectiva del Contador la actualización constante.
Saludos respetuosos
Última Edición: 8 años 11 meses antes por MISTICO.
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