- Mensajes: 103
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
Amortización de Perdidas Fiscales
- alexa
-
Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
Menos
Más
6 años 3 semanas antes #109620
por alexa
Amortización de Perdidas Fiscales Publicado por alexa
Buena tarde, tengo la siguiente duda:
Respecto de las perdidas bimestrales generadas en RIF, si un contribuyente se suspende y queda con varias perdidas fiscales pendientes de amortizar (RIF), posteriormente reanuda.. pero ahora en actividad empresarial puede amortizar esas perdidas ?
Agradezco sus comentarios...
Respecto de las perdidas bimestrales generadas en RIF, si un contribuyente se suspende y queda con varias perdidas fiscales pendientes de amortizar (RIF), posteriormente reanuda.. pero ahora en actividad empresarial puede amortizar esas perdidas ?
Agradezco sus comentarios...
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- ramiro9
- Fuera de línea
- Administrator
-
6 años 3 semanas antes #109621
por ramiro9
Respuesta de ramiro9 sobre el tema Amortización de Perdidas Fiscales
Hola Sandra, mi criterio es que si puedes aplicar esas "perdidas"
segun esta regla, 3.13.20. Para los efectos del artículo 111, séptimo y último párrafos, 112, segundo y tercer párrafos de la Ley del ISR, cuando las deducciones sean mayores a los ingresos percibidos del periodo, la diferencia que resulte se considerará como deducción, la cual podrá aplicarse en los periodos siguientes hasta agotarla, sin que de su aplicación pueda generarse una pérdida o saldo a favor alguno, aún y cuando cambien al régimen señalado en el Título IV, Capítulo II, Sección I, de la Ley del ISR por los ingresos obtenidos por la actividad empresarial. analizala, saludos
segun esta regla, 3.13.20. Para los efectos del artículo 111, séptimo y último párrafos, 112, segundo y tercer párrafos de la Ley del ISR, cuando las deducciones sean mayores a los ingresos percibidos del periodo, la diferencia que resulte se considerará como deducción, la cual podrá aplicarse en los periodos siguientes hasta agotarla, sin que de su aplicación pueda generarse una pérdida o saldo a favor alguno, aún y cuando cambien al régimen señalado en el Título IV, Capítulo II, Sección I, de la Ley del ISR por los ingresos obtenidos por la actividad empresarial. analizala, saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- alexa
-
Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
Menos
Más
- Mensajes: 103
- Gracias recibidas: 0
6 años 1 semana antes #109633
por alexa
Respuesta de alexa sobre el tema Amortización de Perdidas Fiscales
Hola Ra, ok. aun crees que se pueda cuando se haya realizado una suspensión de actividades y luego la reanudación...agradezco tu respuesta.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- ramiro9
- Fuera de línea
- Administrator
-
6 años 1 semana antes #109635
por ramiro9
Respuesta de ramiro9 sobre el tema Amortización de Perdidas Fiscales
Hola Sandra, podrias mencionar las fechas de suspension y reanudacion,
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Tiempo de carga de la página: 0.890 segundos