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Impuesto sobre nomina requeridos...
- Betty_Najera
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19 años 3 meses antes #9495
por Betty_Najera
Impuesto sobre nomina requeridos... Publicado por Betty_Najera
Hola como estan...
cuando una persona deja de declarar el imp sobre nomina, desde el ejercicio 2004, ya le requirieron y no se atendio el mismo, ya le hice el calculo de los impuestos con actualizacion y recargos (1.5% por mes) ... se le impondra alguna multa a parte?, por cada cero tengo entendido que son 93.00...
espero puedan orientarme... Gracias
cuando una persona deja de declarar el imp sobre nomina, desde el ejercicio 2004, ya le requirieron y no se atendio el mismo, ya le hice el calculo de los impuestos con actualizacion y recargos (1.5% por mes) ... se le impondra alguna multa a parte?, por cada cero tengo entendido que son 93.00...
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19 años 3 meses antes #9512
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: Impuesto sobre nomina requeridos...
me temo que si hay sancion betty....seria cuestion de verlo en la tesoreria del estado....
saludos
saludos
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- jjfarias
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19 años 3 meses antes #9611
por jjfarias
Respuesta de jjfarias sobre el tema Re: Impuesto sobre nomina requeridos...
Tengo el CFNL un poco desactualizado, pero normalmente la misma Autoridad fundamenta tanto la conducta como la infracción en el Art. 82 Fracc. I en relación con el 81 Fracc. I, "..es la mayor que resulte entre 1.5 cuotas o hasta el 100% de las contribuciones declaradas en su caso..."
Eso es por la no presentación de las declaraciones a requerimiento de Autoridad, pero al hacer caso omiso al mismo, entonces es aplicable el mismo Art. 82 Fracc. I inciso c) en relación con el 81 Fracc. I, el cual señala: "...por el incumplimiento de los requerimientos o por su cumplimiento fuera de los plazos señalados en los mismos, respecto de una misma declaración, solicitud, aviso on constancia, ademas de las multas a que se refieren los incisos a) y b):
1.- De 3.5 cuotas para el primer requerimiento;
2.- De 8.5 cuotas para el segundo requerimiento;
3.- De 20.5 cuotas para el tercer requerimiento."
SALUDOS
Eso es por la no presentación de las declaraciones a requerimiento de Autoridad, pero al hacer caso omiso al mismo, entonces es aplicable el mismo Art. 82 Fracc. I inciso c) en relación con el 81 Fracc. I, el cual señala: "...por el incumplimiento de los requerimientos o por su cumplimiento fuera de los plazos señalados en los mismos, respecto de una misma declaración, solicitud, aviso on constancia, ademas de las multas a que se refieren los incisos a) y b):
1.- De 3.5 cuotas para el primer requerimiento;
2.- De 8.5 cuotas para el segundo requerimiento;
3.- De 20.5 cuotas para el tercer requerimiento."
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