- Mensajes: 116
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
Baja de seguro
- earguelles
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
El pago... quisiera que me ayudaran sobre lo que se reembolsa, alguna vez solicite un reembolso de RCV, el concepto fue porque se pago doble, pero no lo regresaron, me argumentaron que como es para el retiro, se considera un abono para el trabajador, la pregunta es aplica tambien para el art. 37?
Gracias! y buen fin de semana!
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- cesar4
- Fuera de línea
- Gold Boarder
-
- Mensajes: 188
- Gracias recibidas: 0
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Daniel_Gtz
- Fuera de línea
- Moderator
-
- No es lo mismo dame, que ayudame.
- Mensajes: 3500
- Gracias recibidas: 0
no intentaste pedir una \"Nota de Credito\"???
Por que hasta donde yo se, ya sean cuotas del IMSS o de RCV, el IMSS no te devuelve ni un centavo.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- ByPaco
- Fuera de línea
- Moderator
-
- Mensajes: 330
- Gracias recibidas: 0
Para que surta efecto este art. se debe considerar
1.- El trabajador en cuestión se dio de alta con otro patrón?
R=Si, entonces dar de baja con la fecha de baja real, pagar las cuaotas hasta la fecha de presentación de la baja (por extemporaneidad), y solicitar la devolución (Nota de crédito) mediante escrito al IMSS
R=No o no se sabe, conisderar si vale la pena pagar, y hacer el tramite de devolución, ó absorver el costo del error.
« Antes de que los reinos cambien, los hombres deberán cambiar »
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Daniel_Gtz
- Fuera de línea
- Moderator
-
- No es lo mismo dame, que ayudame.
- Mensajes: 3500
- Gracias recibidas: 0
ByPaco escribio:
si se dio de baja cono dice gabo (saludos), con la fecha del 31/07/2007, ¿Que le devolverá si aplica el Art. 37? Le puede devolver las cuotas pagadas desde la fecha en que ingreso a laborar con otro patron, hasta la fecha en que se dio de baja.
Para que surta efecto este art. se debe considerar
1.- El trabajador en cuestión se dio de alta con otro patrón?
R=Si, entonces dar de baja con la fecha de baja real, pagar las cuaotas hasta la fecha de presentación de la baja (por extemporaneidad), y solicitar la devolución (Nota de crédito) mediante escrito al IMSS
R=No o no se sabe, conisderar si vale la pena pagar, y hacer el tramite de devolución, ó absorver el costo del error.
Por lo mismo, comento que puede utilizar dicha opcion.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- gaboaranda
- Fuera de línea
- Administrator
-
p.d. para solicitar la aplicacion del 37, necesitan o bien darle su buen desayuno a algun tipo de afiliacion o bien llevarse bien, cerrarle el ojito, para que les de una copia del SINDO del trabajador en cuestion(si imss naucalpan dice otra cosa)creo que es la unica via para saber que el trabajador ya reingreso en otro registro patronal, en el periodo que nosotros lo pagamos doble por no darlo de baja del EMA
saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.