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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Conservacion de derechos para embarazadas...
- eduardocruzmarquez
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saludos a todos los colegas ...que tan amablemente contestaron este tema...
Saludos Afectuosos
cpeduardocruzmarquez@hotmail.com
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- eduardocruzmarquez
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solo falta que los administradores lo revisen y listo ..pero ya pude jejeje..
saludos
Saludos Afectuosos
cpeduardocruzmarquez@hotmail.com
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- sosgtorreon
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- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
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Como lo comente, tanto la asistente como el personal de subdelegacion le comentaron a la embarazada que de haberlo solicitado en tiempo (56 dias) hubiera sido posible, pero que como no lo hizo, pues pela... La asistente dice que le dijo, ella que no y hay andan como la chinita del bosque... Lo curioso es que no le dicen en ningun lado el probable fundamento para ello, porque en caso de existir igual y no son 56 dias...
Una cosa, de que el parto lo va a atender el seguro lo va a atender, ya a ella en lo particular por extension de derechos como exasegurada no sera, pero tan simple como dar al esposo de alta, saben, el IMSS le dijo que se podia atender como particular, le cotizan el parto en 17,000.00 morlacos, pero pues no hay recursos... Me obligan a afiliar al esposo, pagarles dos meses de seguro, obtengo servicio y me quito de problemas... y el costo no pasa de 2,000.00...
Agradesco la fina atencion de todos y cada uno de los que me han regalado sus comentarios, quedo en espera Kizu, buen viaje...
Una vez mas, gracias a todos.
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- Daniel_Gtz
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- No es lo mismo dame, que ayudame.
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....
De cualquier forma sigo investigando con fundamento en que puede hacerse la solicitud que le comentaron, al igual que el plazo de 56 dias que le indican tenia... si alguien sabe algo, no deje de comentar...
...
Gil... lo de los 56 dias, si no me equivo es lo siguiente:
SECCION QUINTA
DE LA CONSERVACION DE DERECHOS
Artículo 109. El asegurado que quede privado de trabajo remunerado, pero que haya cubierto inmediatamente antes de tal privación un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas, conservará durante las ocho semanas posteriores a la desocupación, el derecho a recibir, exclusivamente la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria. Del mismo derecho disfrutarán sus beneficiarios.
Quiero imaginarme que en caso de Maternindad, si hubieras solicitado (manejo el mismo tiempo verbal) dicho escrito (el cual tambien desconozco) si le pudieran seguir atendiendo.
Pero, para no quebrarte tanto la cabeza, estan las dos opciones ya comentadas, la ultima que dices, de dar de alta al esposo, o bien que se incorpore al regimen voluntario.
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- Kizu
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Por otra parte, el reglamento de Servicios Mèdicos como Tal, tiene su vigencia inicial el 1 de julio del año 1997, segùn el artìculo primero transitorio de dicho reglamento.
Por lo que respecta al Reglamentos de Servicios Mèdicos actual, este nace a la vida legal al ser abrogado su reglamento antecesor, mediante el artìculo Segundo transitorio, mismo que señala:
"Se abroga el Reglamento de las Ramas de Riesgos Profesionales y Enfermedades no Profesionales y Maternidad, aprobado mediante Acuerdo del Consejo Técnico número 52-802 del veinticuatro de febrero de mil novecientos cincuenta y ocho."
La verdad veo difil que pueda conseguir màs informaciòn, ya que soy de "timbiriche" para acà, sin embargo, voy a consultar a un colega que es por aquellas épocas, solo que de momento no está en la ciudad, si hay algo más te lo comento.
"Solo hay dos cosas infinitas: El Universo y la estupidez humana". Albert Einstein.
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- Cpedgarivan
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ese es anterior a la nueva ley pero segun esto mientrs el consejo tecnico no lo cancele o si durante el período en el que el Instituto resuelva sobre la ratificación o cancelación del Acuerdo de referencia, niega la atención médica bajo los términos del mismo, se recomienda que para continuar con los servicios médicos la trabajadora contrate por su cuenta el seguro de salud para la familia, en los términos a que se refiere el artículo 51 del Reglamento de Afiliación, el cual se otorgará sin restricción alguna, siempre que hubiere cotizado 52 semanas previas a su baja.
espero te sirva esto.
\"Si el hombre no ha descubierto algo por lo k cree k vale la pena morir no esta hecho para vivir\"
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