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Modificaciones de salario extemporaneas

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18 años 7 meses antes #21061 por lcjazb
Hola, tengo una duda en cuanto a la presentacion de avisos de modificaciones al salario extemporaneas, un patron no contaba con su NPIE vigente, el proceso de renovacion del certificado empezo a finales de diciembre y hasta hace 2 dias le llego la liga de descarga del nuevo certificado, al no haber el certificado no se hicieron las modificaciones salariales pertinentes al 01/01/2008, ahora bien:

1. tengo que presentarlas con fecha 01/01/2008, obviamente son extemporaneas.
2. en este topico lo comentan, de acuerdo al 304c www.aportacionesfiscales.com/component/o...iew/id,4203/catid,3/
3. presento los movimientos extemporaneos y a la hora del pago, genero el disco del sua ya con los movimientos como deberia ser.

mi duda es: se que la multa es de 20 a 25 smgdf, en este caso, aplica la multa???

atte.
jorge a. zambrano

saludos desde veracruz...

Jorge A. Zambrano Benitez
lcjazb@gmail.com

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18 años 7 meses antes #21071 por Daniel_Gtz
lcjazb escribio:

Hola, tengo una duda en cuanto a la presentacion de avisos de modificaciones al salario extemporaneas, un patron no contaba con su NPIE vigente, el proceso de renovacion del certificado empezo a finales de diciembre y hasta hace 2 dias le llego la liga de descarga del nuevo certificado, al no haber el certificado no se hicieron las modificaciones salariales pertinentes al 01/01/2008, ahora bien:

1. tengo que presentarlas con fecha 01/01/2008, obviamente son extemporaneas.
2. en este topico lo comentan, de acuerdo al 304c www.aportacionesfiscales.com/component/o...iew/id,4203/catid,3/
3. presento los movimientos extemporaneos y a la hora del pago, genero el disco del sua ya con los movimientos como deberia ser.

mi duda es: se que la multa es de 20 a 25 smgdf, en este caso, aplica la multa???

atte.
jorge a. zambrano

saludos desde veracruz...



Hola...

La multa aplica siempre y cuando el IMSS te lo detecte, pero como ustedes lo van a presentar de forma ESPONTANEA, no aplica la multa.

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18 años 7 meses antes #21083 por CRUZAL78
Solo para reforzar el comentario de Daniel, si las modificaciones de salario son a la baja no te las tomara con fecha 01/01/2008, y tomara la fecha de recepcion en que las hallas presentado, si son a la alza no le veo ni problema con esa fecha......es en forma espontanea asi que no aplica la multa.

Saludos

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18 años 7 meses antes #21093 por lcjazb
muchas gracias... :)

Jorge A. Zambrano Benitez
lcjazb@gmail.com

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18 años 7 meses antes #21194 por lcjazb
reaviviando el hilo, si en este caso de espontaneidad se encuentra un trabajador incapacitado, que ocurre???

garcias de antemano.

Jorge A. Zambrano Benitez
lcjazb@gmail.com

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18 años 7 meses antes #21199 por gaboaranda
En ese caso de la reavivada del hilo, la modsal se aplicaria si corresponde normalmente segun la fecha que se mande y al trabajador le pagarian su subsidio normal desde que empezo la incapacidad esto es, el pago del subsidio no sufriria ningun efecto y la modsal operaria para efectos del SINDO y del pago mediante el SUA

saludos

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