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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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prima anterior igual a la nueva, obligacion de pre

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18 años 6 meses antes #22927 por velociraptor
hola, determine la prima de RT y me resulto igual que la que anteriorente tenia, es obligacion presentarla?

y otra pregunta

una PF cambio de domicilio en Agosto del 2007, tenia dos trabajadores, por el cambio de domicilio tuvo que meter una baja y darse de alta de nuevo con otro numero patronal, el domicilio fue en municipios distintos, hay obligacion de presentar tambien la determinacion de la prima de RT?

gracias

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18 años 6 meses antes #22988 por jjfarias
velociraptor escribio:

hola, determine la prima de RT y me resulto igual que la que anteriorente tenia, es obligacion presentarla?
REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Artículo 32. Los patrones revisarán anualmente su siniestralidad para determinar si permanecen en la misma prima, o si ésta se disminuye o aumenta, de acuerdo a las reglas siguientes:
Fracc. V
Último párrafo
Se eximirá a los patrones de la obligación de presentar los formatos impresos o el dispositivo magnético mencionados, cuando al determinar su prima ésta resulte igual a la del ejercicio anterior;


y otra pregunta

una PF cambio de domicilio en Agosto del 2007, tenia dos trabajadores, por el cambio de domicilio tuvo que meter una baja y darse de alta de nuevo con otro numero patronal, el domicilio fue en municipios distintos, hay obligacion de presentar tambien la determinacion de la prima de RT?


gracias

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18 años 6 meses antes #23019 por mpcweb2
hace dos años tuve un caso similar al tuyo, decidi no presentarla, pagaba una prima menor a la que le correspondia por su actividad en virtud de que no tenia incapacidades por riesgo de trabajo y tampoco defunciones, y ya le habia bajado la prima, entonces por no presentarla me llego la notificacion informandome que por no presntarla declaración anual pagaria el riesgo de trabajo con la prima mas alta que corresponde ha ese ramo. checate bien el fundamento legal. no te lo digo por que no tengo la Ley del IMSS Y tampoco el Reglamento.

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18 años 6 meses antes #23092 por kocar
Hola velociraptor,

No estas obligado si tienes una prima de riesgo igual a la del año pasado y tampoco estas obligado cuando te das de alta y no has cumplido un año completo.

Checate el art. 32 del Reglamento del Seguro Social - Afiliación, Clasificación, Fiscalizacion
Fracciones IV y V ultimo parrafo.

Saludos

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Moderadores: Daniel_GtzLuis
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