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Diferencia en Infonavit, no pago amortizaciones

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18 años 5 meses antes - 18 años 5 meses antes #25144 por Betty_Najera
Hola Buenas tardes

Tengo un problemilla, acaba de llegar un requerimiento de pago y/o embargo del infonavit...

Entre a Aclaranet para checar los creditos y varios los pude aclarar
pero en dos de los bimestres hay una diferencia por que se dio de alta a un trabajador y el patron no le hizo retencion de credito no se pago...

Se le puede poner algun causal en el mismo, o a fuerzas el patron lo tiene que pagar?


Gracias;)
Última Edición: 18 años 5 meses antes por Betty_Najera.

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18 años 5 meses antes #25146 por Betty_Najera
ah otro detalle en esa diferencia es que un trabajador en el sua le pusieron el nombre equivocado por una letra... y pues dentro de los causales no esta en la lista este error... como le hago??

espero puedan ayudarme

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18 años 5 meses antes #25174 por pepesoto
:side: Buenas noches. Sé que es malo contestar con otra pregunta, pero ni modo, ahi le a: Sabe cuales son las condiciones para que un patrón deba empezar a descontar credito de infiernavit...?? Tal vez hacer click en esta carita le ayude -->> ;)

1 saludin,
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18 años 5 meses antes #25237 por ignacioquijada
DE ACUERDO A LA LEY DEL INFONAVIT EL PATRON ES RESPONSABLE DE ENTERAR AL INSTITUTO LAS AMORTIZACIONES QUE SE LE DEBEN DESCONTAR AL INFONAVIT AUN Y EL PATRON NO LE HAYA INFORMADO EL TRABAJADOR QUE TIENE UN CREDITO

EL PATRON SE ENTERA AL RECIBIR EL CD DE LA LIQUIDACION BIMESTRAL A QUE CORRESPONDA EL PAGO Y SI NO ES ASI EXISTE TAMBIEN LA PAGINA EN LA CUAL EL PATRON PUEDE VERIFICAR LOS TRABAJADORES QUE TIENEN CREDITO

Artículo 29.- Son obligaciones de los patrones:

I.- .......

III.- Hacer los descuentos a sus trabajadores en sus salarios, conforme a lo previsto en los artículos 97 y 110 de la Ley Federal del Trabajo, que se destinen al pago de abonos para cubrir préstamos otorgados por el Instituto, así como enterar el importe de dichos descuentos en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, en la forma y términos que establece esta Ley y sus disposiciones reglamentarias. La integración y cálculo de la base salarial para efectos de los descuentos será la contenida en la fracción II del presente artículo.

A fin de que el Instituto pueda individualizar dichos descuentos, los patrones deberán proporcionarle la información relativa a cada trabajador en la forma y periodicidad que al efecto establezcan esta Ley y sus disposiciones reglamentarias;

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18 años 5 meses antes #25244 por pepesoto
:dry: Buenas noches Ignacio. Por ley, la página del infamevit NO me obliga a empezar a hacer los descuentos... o si??

El Lic.

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18 años 5 meses antes #25247 por Betty_Najera
Hola... Muchas gracias por sus respuestas...

me puse a darle una leida despues de poner el topico jeje pero ya no lo pude borrar...

Ya el patron pago las amortizaciones de credito pendientes, y como mencionan, a el le llegaban las cedulas de aquel entonces, y ahi aparecian los datos del credito, el problema fue que su contador se quedo con la lana, y para localizarlo, el patron no queria pagar de nuevo pero lo tuvo que hacer aunque no quisiera... eso si, con el monton de recargos y actualizacion mas los gastos de ejecucion...

Les agradezco su ayuda y pues aqui andamos aprendiendo...

Muchisimas gracias de nuevo

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