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multa por omision en declaracion de prima de ries

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18 años 2 meses antes #28882 por refachan
hola buenos dias alguien podria ayudarme diciendome que fundamento puedo utilizar para no pagar una multa del imss ya que me cobran por presetar la declaracion de prima de riesgos de trabajo por omision de datos, sin embargo cuando me di cuenta que tenia un error presente una complementaria con escrito antes de que me llegara el requerimiento dos meses despues de presentada es cuando me manda el cobro por omision

de antemano gracias por su apoyo

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18 años 2 meses antes #28883 por velociraptor
LEY DEL IMSS
Artículo 304 C. No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones patronales fuera de los plazos señalados por la Ley o cuando se haya incurrido en infracción por caso fortuito o fuerza mayor. Se considerará que el cumplimiento no es espontáneo en el caso de que:

I. La omisión sea descubierta por el Instituto;

II. La omisión haya sido corregida por el patrón después de que el Instituto hubiere notificado una orden de visita domiciliaria, o haya mediado requerimiento o cualquier otra gestión notificada por el mismo, tendientes a la comprobación del cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social, y

III. La omisión haya sido corregida por el patrón con posterioridad a los 15 días siguientes a la presentación del dictamen por contador público autorizado ante el Instituto, respecto de actos u omisiones en que hubiere incurrido y que se observen en el dictamen

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18 años 2 meses antes #28891 por refachan
gracias por su apoyo

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18 años 2 meses antes #28894 por enrique9727
Hola:

Ese artículo 304 C LSS manda primero que el 73 CFF.

Mas sin embargo, me parece más completo el 73 CFF.

Y el 304 C LSS es muy parecido al 73 CFF.

En tu caso con otro escrito, desvirtuarías "la omisión", presentando las declaraciones normales y la complementaria correspondiente, para deslindarte de las responsabilidades que se achacan en esa multa.

Si todavía se fortalece con algun criterio del IMSS, mayor fuerza, se impondría en el escrito. Pero con ambas disposiciones me parece que es suficiente en DERECHO.

Al parecer la autoridad pensaria que fue extemporanea la determinacion y no procede a ser considerada como presentada. Teniendose el criterio mal establecido.

Pero para que "se hacen", lo hacen para ver si el chicle pega, y de paso se ganan unas multitas para sus aguinaldos.

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18 años 2 meses antes #28942 por pepesoto
:dry: Buenas noches. Trate de cancelar la multa en escritorio, acudiendo directamente a la oficina emisora de la multa. Al ser evidente el error en la emisión de la multa, puede ser posible que consiga la cancelación de la multa. Ya luego le sugeriría apoyarse con un abogado fiscal especialista en imss.

Suerte,
El Lic.

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