Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

Incapacidad

Más
18 años 1 mes antes #30389 por maritzarf05
Incapacidad Publicado por maritzarf05
Hola.....En la empresa donde trabajo hay un empleado al cual operaron en el mes de marzo, nos hacìa llegar sus incapacidades oportunamente, la ùltima terminò el 2 de Julio y no se ha presentado a laborar ni ha entregado màs incapacidades. De hecho el Sr. està desaparecido, lo buscamos en su casa y nos dice la esposa que se fue y no sabe a dònde. Què debemos hacer, desconocemos si hay màs incapacidades, lo doy de baja ante el IMSS.
Ojalà alguien pueda ayudarme, gracias

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes #30403 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: Incapacidad
INVESTIGA EN IMSS, ELABORA LAS ACTAS ADMINISTRATIVAS PARA QUE SE CUMPLA LA CUARTA FALTA SIN CAUSA JUSTIFICADA, ...DE ESO DEPENDE QUE ELABORES EL ESCRITO DE RESCICION DE LABORES SIN RESPONSABILIDAD PARA EL PATRON, LO "ENTREGAS" EN EL DOMICILIO Y COMO NO ESTA EL PARA QUE TE LO RECIBA, VAS A LA JUNTA DE CONCILIACION Y HACES LA ENTREGA DEL MISMO

COMENTA POR FAVOR CUAL FUE TU ACTUAR A FIN DE CERRAR EL CICLO DE COMUNICACION Y APRENDER TODOS DE LO QUE SUCEDIO

SALUDOS Y GRACIAS POR TUS APORTACIONESFISCALES

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes #30411 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Incapacidad
1. Ubicar la clinica a la que acude el trabajador, al igual que el consultorio en que le atienden.

2. Investigar la marca o clase de chocolates que le gustan a la asistente.

3. Comprar el chocolate y llevarselo a la asistente.

4. Con una sonrisa en los labios preguntar por el caso del trabajador desaparecido.

Si la sonrisa o el chocolate es lo bastante cautivador puede que hasta copia del expediente le presten...

Es decir, todo se resume a investigar en el IMSS el status medico del trabajador... ya luego de resuelto el misterio de su status medico acudir con el abogado laboral a que proceda lo conducente para perfeccionar el caso de abandono de trabajo.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes - 18 años 1 mes antes #30419 por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: Incapacidad
ABANDONO DE TRABAJO Y RESCISIÓN POR FALTAS DE ASISTENCIA AL TRABAJO. SON CAUSALES DISTINTAS. La causal de Abandono del trabajo es distinta de la motivada por faltas de asistencia del trabajador y no se deben confundir, ni estimarse coetáneas. Cuando se alega la excepción de Abandono, ello implica aducir que es el actor quien motu propio da por terminado el contrato laboral, al dejar de presentarse a sus labores, con el fin de no regresar a ellas. En cambio, cuando existen faltas de asistencia, es el patrón quien puede rescindir la relación laboral y no es preciso que la intención del trabajador sea la de no volver al trabajo, sino que basta la inasistencia sin justificación el número de veces y por el período que la ley señala. Tribunal Colegiado del Noveno Circuito.
Amparo directo 241/87. Tomás Aguilar Martínez. 2 de julio de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Gerardo Abud Mendoza.

Fuente: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen: 217 – 218, Sexta Parte, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, pág. 17.



ABANDONO DE EMPLEO, NATURALEZA DEL. El Abandono de empleo puede consistir en que el trabajador desatienda por un lapso más o menos prolongado sus funciones, es decir, que se abstenga de ejercitarlas o realizar los actos que las constituyan, o bien, en la ausencia momentánea o por un breve período, si en este caso y en virtud de la naturaleza de tales funciones, se causa un perjuicio al patrón o a terceros, en la inteligencia de que en el segundo caso debe probarse la existencia del perjuicio concreto que se ocasiona, en tanto que en el primero, dicho perjuicio es genérico, y no requiere pruebas, estando constituido por la no realización de la función encomendada, por la que se paga al empleado una retribución.

Amparo directo 9580/67. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 8 de julio de 1968. 5 votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.

Amparo directo 5676/57. Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas. 5 de enero de 1959. 5 votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Sexta Época, CXXXII Quinta Parte, Instancia: Cuarta Sala, pág. 11, Materia: Laboral, Tesis aislada.
Última Edición: 18 años 1 mes antes por Luikb.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes #30441 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Incapacidad
Excelente apunte Daniel... y cuando no, pero lo del chocolate tiene vigencia...

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 1 mes antes #30472 por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: Incapacidad
sosgtorreon escribió:

Excelente apunte Daniel... y cuando no, pero lo del chocolate tiene vigencia...


Muchas veces ayuda mas rapido que cualquier escrito...


Saludos Gil...

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Moderadores: Daniel_GtzLuis
Tiempo de carga de la página: 0.810 segundos
Gracias a Foro Kunena