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Incapacidad!!!!!!!

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18 años 1 mes antes #30926 por ROGANT
Respuesta de ROGANT sobre el tema Re: Incapacidad!!!!!!!
Amigos mi humide opinion de lo que habia interpretado fue esa si podria el compañero ampliar más el tema seria mejor.

En cuanto a nomina especial lo hacian en otra empresa para los empleados que trab con consentimiento sus dias de incap. claro esto era no deducible para la empresa.

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18 años 1 mes antes #30928 por Luikb
Respuesta de Luikb sobre el tema Re: Incapacidad!!!!!!!
Yo soy de la misma postura que huracan, sin embargo si me llama la atencion lo siguiente....

Si tienes una incapacidad de RT y no haz metido la incapacidad te saltaria la diferencia en los dias de exposicion de riesgo en tu declaracion.

Saludos

Luis Morales

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18 años 1 mes antes #30931 por Daniel_Gtz
Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: Incapacidad!!!!!!!
ROGANT escribió:

Amigos mi humide opinion de lo que habia interpretado fue esa si podria el compañero ampliar más el tema seria mejor.

En cuanto a nomina especial lo hacian en otra empresa para los empleados que trab con consentimiento sus dias de incap. claro esto era no deducible para la empresa.



Mmmmmmm

Que pasaria si el empleado se resbalara en las escaleras, quedara con posibles fracturas, etc., se fuera a atender al IMSS y dijera que se resbalo en la empresa???

No me lo quiero imaginar...

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18 años 1 mes antes #30972 por pepesoto
Respuesta de pepesoto sobre el tema Re: Incapacidad!!!!!!!
Xavi escribió:

Pregunta:

Tengo algun problema si yo le genero su nomina completa?


:dry: Buenas noches. El problema en primer lugar es interno, ya que estará usted sacando dinero sin justificación. No haga cosas malas que parezcan peores.

En el SUA no se ingresaron las incapacidades y por lo tanto no se disminuyeron en el pago al IMSS.

Y aqui cual es la duda?? Pagaron de más. Si quieren, pueden solicitar la devolución.

Suerte,
El Lic.

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18 años 1 mes antes #31082 por ByPaco
Respuesta de ByPaco sobre el tema Re: Incapacidad!!!!!!!
Muchos comentarios, en resumen , el trabajador esta incapacitado para trabajar, según el IMSS, ahora bien, se le quiere pagar en nómina, ¿Esta laborando?, ¿Que pasa si se accidenta en el trabajo si esta incapacitado?, ¿el trabajador esta cobrando las incapacidades?, porque le aseguro que si no es así 'alguien' mas las va a cobrar

« Antes de que los reinos cambien, los hombres deberán cambiar »

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18 años 1 mes antes #31090 por glopez27
Respuesta de glopez27 sobre el tema Re: Incapacidad!!!!!!!
De acuerdo a la ley del seguro social, cuando un trabajador este incapacitado por enfermedad general el instituto le pagara a partir del 4o día de la incapacidad el equivalente al 60% del salario diario integrado (no se incluyen horas extras puesto que no las esta trabajando, tampoco premios varios ya que estos derivan del patrón) recuerde que cuando se incapacita a los trabajadores por enfermedad general la incapacidad la paga el IMSS y las prestaciones adicionales a las de ley las da el patron de manera voluntaria, por lo que no procede el pago de estas.
Una vez que le hayan dado su documento de incapacidad, debera acudir a un banco (HSBC) una semana después con la incapacidad que dice "copia asegurado" y original y copia de su credencial de elector para que ahi le pagen.
Su patron no esta obligado a pagarle el 40% restante a menos que este estipulado asi en su contrato colectivo de trabajo.
Las unicas incapacidades que se pagan al 100% son aquellas derivadas de riesgo de trabajo (accidente de trabajo, y/o de trayecto)

Gabriel Lopez

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